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La semana pasada el presidente López Obrador estuvo recorriendo ciudades de la Frontera  para anunciar la aplicación de una serie de estímulos fiscales para la Frontera Norte del país, a la que le ha llamado como “Zona Libre” .

Es extraño que el presidente le haya dado desde su campaña tanta difusión al concepto de Zona Libre en la Frontera, cuando el Decreto que supuestamente la iba a implementar no tiene una sola mención a la misma.

México tiene amplios antecedentes de dicho concepto como las zonas fronterizas de Chihuahua y Tamaulipas, en donde existieron zonas libres en el Siglo XIX y principios del Siglo XX. El más reciente existió en el área geográfica comprendida en toda la península de Baja California y la zona fronteriza de San Luís Río Colorado en la frontera de Sonora, así como la zona libre que hubo en Chetumal, del antiguo Territorio de Quintana Roo.

Pero muchos se preguntan ¿qué es una “zona libre”? Una zona libre es una área geográfica que goza de la libre introducción de mercancías procedentes del extranjero, sin estar sujetas a ningún tipo de impuesto y arancel y libres de los que se conocen como requisitos no-arancelarios, como licencias, permisos y restricciones administrativas. Un tratado de libre comercio, en esencia crea una especie de zona libre entre los países partes del tratado. Pero una zona libre, se establece de una manera unilateral por un país. En realidad, no existe un concepto puro de lo que es una zona libre, pero sí se genera una liberalización para la introducción de mercancías en esa zona.

Cuando hay una zona libre, se dan grandes atractivos para la realización de actividades empresariales que tienen que ver con la compraventa o comercio de mercancías, así como con la utilización de las mismas para la producción o manufactura de bienes y para la utilización de mercancías libremente importadas para la prestación de toda clase de servicios, como los médicos, de telecomunicaciones, de apoyo de negocios, servicios financieros, call centers y de apoyo administrativo y contable.

Ahora bien, es loable que el presidente López Obrador haya puestos sus ojos en las oportunidades que las Frontera representa para México, pero el Decreto de Estímulos Fiscales para la Zona Fronteriza Norte de México, creemos que tiene muchas áreas de oportunidad que se pueden mejorar. Me permito enunciar brevemente algunas:

  1. Es necesario crear realmente una Zona Libre, que sea aplicable a las personas (personas morales y físicas) que realicen actividades empresariales, permitiéndoles la introducción de mercancías a las áreas geográficas comprendidas en los Municipios beneficiados por el Decreto.
  2. En la Zona Libre se permitiría la importación de mercancías libre de aranceles e IVA, cobrándose el mismo al 8% a partir de la primer venta.
  3. Reabrir los controles aduanales aleatorios en las zonas al Sur de las Zonas Libres, permitiendo a los turistas su franquicia de viajero, y cobrando los diferenciales de IVA y, en su caso, de aranceles aplicables para la introducción de mercancías al resto del país.
  4. No permitir los beneficios de la Zona Libre a armas, explosivos y substancias prohibidas.
  5. Permitir la introducción de mercancías que hayan cumplido con los requisitos sanitarios, de etiquetado, fitosanitarios, de calidad y otros no-arancelarios en Estados Unidos o Canadá.
  6. Desaduanar la introducción de las mercancías a la Zona Libre (eliminar los requisitos de pedimentación).
  7. Los controles aduanales aleatorios en la Frontera quedarían en vigor para las personas físicas, quienes mantendrían sus franquicias, y las morales, para la supervisión de la introducción de mercancías prohibidas.
  8. Que la repercusión a los consumidores del beneficio del 8% del IVA fuese obligatorio para las empresas y empresarios.
  9. Que a las maquiladoras se les diera la opción de operar bajo su régimen y el de Zona Libre de manera conjunta, para aprovechar las actividades de submanufactura, logística, y transferencia de sus mercancías.
  10. Que las maquiladoras pudieran optar por operar fuera del concepto de manufactura a contrato, por el de compraventa en la manufactura, aplicándoles el 20% de ISR.
  11. Simplificar la aplicación administrativa del Decreto de Incentivos, sin descuidar el control en contra de la elusión que puedan generar.

Con estas adiciones y cambios al Decreto de Incentivos, se le puede dar el impulso a la Frontera deseado. Esta descripción, claro está, es simplificada y esquemática, que sirve de mera ilustración de las cosas que se pueden hacer para mejorar al Decreto, sin menoscabo de las buenas intenciones del Presidente para apoyar a la Frontera y verdaderamente hacerla como una cortina de retención de inversión y generación de empleo y bienestar.