Para atender de manera integral y multidisciplinaria las muertes gestacionales, prenatales y neonatales, así como los duelos en cualquiera de estas etapas, la diputada priista, Mariana Nassar Piñeyro presentó una iniciativa que reforma la Ley General de Salud.
Explicó que su propuesta busca adicionar un nuevo capítulo el cual pertenezca a todas las madres y padres que, como ella, han pasado por la muerte de sus hijos durante el embarazo, parto y en su primer mes de vida.
“Sólo quienes hemos vivido esta lamentable situación, podemos dimensionar el valor que estas muertes traen consigo y, en consecuencia, la necesidad de contar con disposiciones claras en la ley que garanticen una atención humana, digna, ética y profesional”,
Acompañada por diputadas de su grupo parlamentario, Nassar Piñeyro, dijo que el duelo que viven madres y padres que han perdido una hija o hijo en estas etapas, es generalmente silencioso del que poco se habla o del que se prefiere no hablar porque se piensa erróneamente que es la mejor manera de apoyar; sin embargo, ese silencio se convierte en un obstáculo que impide llevar un duelo respetado y humano.
Refirió que, en agosto pasado, el Inegi informó que, en México durante el año 2022, se contabilizaron 25 muertes gestacionales representando un incremento del 8.7 por ciento en comparación con el 2021.
Agregó, que de acuerdo con la UNICEF, en el mundo, tan sólo en el 2021 murieron aproximadamente 2.3 millones de bebés durante el primer mes de vida, representando el 47 por ciento de muertes de menores de 5 años. Por eso la urgencia de hablar y de abonar a este tema.
La diputada indicó que decidió llamar a esta reforma “Ley Olivia”, como homenaje a la memoria y recuerdo de su hija Olivia.
Destacar que el documento incorpora un nuevo capítulo a la Ley General de Salud, en el que se garantizan siete derechos mínimos y no limitativos para las mamás, papás y familias que viven la muerte de una hija o hijo en la etapa gestacionales, perinatal y neonatal.
Esos derechos son: recibir una atención digna, humana y respetuosa; despedirse, porque sin duda es lo más importante, de su hija o hijo; abrazarlo, vestirlo, tomar fotografías y videos, cuando se les informe que le queda poco tiempo de vida.
Asimismo, tener información veraz, clara y oportuna y comprensible de las causas de la muerte de su hija o hijo; en la medida de lo posible permanecer en una habitación independiente al área de maternidad; recibir apoyo de contención emocional, así como atención psicológica y tanatológica en el proceso del duelo; conservar recuerdos de su hija o hijo y recibir información clara, para en caso de ser necesario, la madre o el padre soliciten el certificado por muerte gestacional.
“Al establecer estos derechos se asegura que las autoridades competentes deberán contemplar mecanismos para su protección y garantizar su cumplimiento”.
También, se incluye la atención de muertes gestacionales, prenatales y neonatales como materia de salubridad general, lo que garantiza que todas las acciones del Estado destinados a la prevención, atención y mejoramiento de la salud deberán considerar a estas muertes de forma prioritaria.
Por lo que respecta a la ley de asistencia social, se establece que la Secretaría de Salud en la medida de lo posible, deberá promover la instalación de salas de despedida en los hospitales que brinden atención materno-infantil.