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Este 12 de diciembre, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma que permite a los consumidores, cancelar el servicio, suscripción o membresía de una plataforma digital, de manera inmediata.

Al respecto, el presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados y promovente de esta iniciativa, Ricardo Monreal, informó que esta reforma “es para proteger a millones de mexicanos y mexicanas que enfrentan cobros automáticos por suscripción digital, no sólo en servicios de streaming sino en distintas aplicaciones y plataformas de música, de video y de películas que se renuevan sin aviso y con procesos de cancelación casi imposibles”.

Explicó que la reforma “clic to cancel” (clic para cancelar) obliga a las plataformas a informar de forma clara, los cobros automáticos y también a avisar, con cinco días de anticipación, si desea renovarla.

Consideró que con esta publicación se da un paso “para recuperar y para reforzar derechos de los ciudadanos que consumimos digitalmente servicios, por eso es importante que conozcas tus derechos en esta nueva reforma jurídica que hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación”.

Puntos sobre la cancelación

La reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de cancelación de suscripciones y membresías con cobro recurrente, señala que el proveedor respetará la decisión del consumidor en cuanto a la cantidad y calidad de los productos que desea recibir, así como la de no recibir avisos comerciales.

Además, el proveedor deberá abstenerse de utilizar estrategias de venta o publicitarias que no proporcionen al consumidor información clara y suficiente sobre los servicios ofrecidos, en especial tratándose de prácticas de mercadotecnia dirigidas a la población vulnerable, como los niños, ancianos y enfermos, incorporando mecanismos que adviertan cuando la información no sea apta para esa población.

También establece que, el proveedor deberá informar de forma clara, destacada y accesible si el servicio contratado implica cobros automáticos recurrentes, su periodicidad, monto y fecha de cobro y estos cobros requerirán consentimiento expreso e informado de la persona consumidora.

“En los casos en los que, de acuerdo al contrato, proceda la renovación automática del servicio, se deberá notificar al menos con cinco días naturales de anticipación, permitiendo su cancelación sin penalización, y el proveedor deberá implementar mecanismos que, sin contravenir a las disposiciones contractuales, permita a la persona consumidora cancelar el servicio, suscripción o membresía de manera inmediata”.