La Comisión Ambiental de la Megalópolis activó la contingencia ambiental por ozono, debido a que a las 15 horas se registró una concentración máxima de este gas por 167 ppb, en la estación de monitoreo Ajusco Medio, de la Alcaldía Tlalpan en la Ciudad de México.
Indicó que esto se debió a que durante los últimos días se ha mantenido la influencia de un sistema de alta presión sobre el centro del país, generando cielo despejado, ambiente brumoso y formación de inversiones térmicas, con la consecuente acumulación de contaminantes y reducción de visibilidad.
Sumado a ello la alta radiación solar prevaleciente a lo largo del día y el viento débil con dirección variable dentro del Valle de México, provocaron el estancamiento de los precursores del ozono y la formación e incremento de este contaminante.
Ante ello, de acuerdo con los Programas para Prevenir y Responder a Contingencias Ambientales Atmosféricas publicados por los gobiernos de la Ciudad de México y del Estado de México, que aplican en la Zona Metropolitana del Valle de México, activó la fase 1 de contingencia ambiental.
El viernes no podrán circular los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 0, 2, 4, 6, 8 y 9 así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.
Asimismo, los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado azul, terminación de placa 9 y 0 .
La Comisión Ambiental de la Megalópolis también difundió que tendrán restricción las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma “2”.
Habrá restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas LP a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.
Los vehículos de carga local o federal deberán dejar de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
Los taxis con holograma de verificación “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a), b), y c) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
Quedarán exentos de la restricción los vehículos eléctricos e híbridos; con holograma 00 o 0; de uso particular en circunstancias manifiestas y urgentes; destinados al servicio urbano u emergencias médicas, seguridad; transporte escolar y de personal con verificación vigente y holograma que lo permita; vehículos para personas con discapacidad; transporte de residuos y materiales peligrosos; unidades con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros; así como transportes de mercancías y motocicletas exentas de la Fase 1.
Con información del periódico La Jornada