Escenario Uno.
Desarrolladores construyen una nueva torre de condominios en un área comercial de primera categoría. La torre tiene 20 pisos los 4 primeros pisos son de estacionamiento; del piso 5 al 9 son de área comercial, que incluye tiendas restaurantes y dos salas de cine VIP, de los pisos 10 a 15 son espacios para oficinas de empresas y para profesionistas; y los pisos 16 a 20 son áreas habitacionales de lujo, con una azotea amplia con un llamado roof garden, con alberca y canchas de pádel.
Se termina el edificio y se vende en condominio el 80% de las áreas privativas.
El gobierno municipal determina aumentar el impuesto predial al edificio, que, inicialmente, estuvo tazado a una cantidad preestablecida, en un 250%, amenazando a los que no paguen a tiempo y al contado un año, en rematarles su propiedad.
Se inicia una acción colectiva por parte de los dueños de los condominios, iniciando en una primera instancia en un juzgado de lo civil. Los dueños ganan la demanda al declarar el juez la ilegalidad de la acción municipal. El gobierno municipal apela ante el Supremo Tribunal del Estado y este ratifica la resolución del juzgado inferior.
Este juicio se lleva a cabo en un Estado gobernado por el PAN, pero la acción del cobro del impuesto es iniciada por un gobierno municipal de Morena.
El Municipio interpone amparo en contra de la resolución del Supremo Tribunal, y el juez de Distrito lo concede anulando la sentencia de primera instancia aduciendo que el municipio se basó en derecho en su determinación de aumentar el Impuesto Predial.
Los dueños del condominio se van a revisión del amparo ante el Tribunal Colegiado de Circuito y este ratifica la resolución del Juez de Distrito, dándole la razón al Municipio.
Conclusión: los dueños del condominio o pagan el predial a 250% más caro al que tenían o pierden su propiedad. Existen proyectos de inversión similares que se suspenden ante la incertidumbre en la aplicación de la ley.
Escenario Dos.
Una viuda se ve obligada a pedirle prestado a otra persona dinero para saldar las deudas derivadas del funeral de su marido y para pagar los gastos de su hija mayor que empieza la universidad. El prestamista le otorga un crédito por $100,000 pesos, más intereses del 38% anual, para que la viuda los pague mensualmente en un plazo de 24 meses.
La viuda se ve en dificultades para pagarle dos meses y el prestamista le cobra por ello un 2,000% de intereses moratorios mensuales. Ante la imposibilidad de pagar esa exorbitante cantidad, la viuda demanda la ilegalidad del cobro de los intereses moratorios y continúa pagando el préstamo mediante depósito a un juzgado en favor del prestamista.
El juzgado de primera instancia le da la razón a la viuda, el prestamista apela ante el Supremo Tribunal y este ratifica la sentencia del juzgado de primera instancia.
El prestamista, aprovechando la relación que tiene con un juez de distrito, derivada de un contacto que tiene con el dirigente de Morena que participó en la elaboración de los acordeones que eligieron al juez de distrito, interpone un amparo en contra de la sentencia del Supremo Tribunal, y el juez de distrito declara como ilegal y no apegada a derecho la resolución del Supremo Tribunal, condenando a la viuda a pagarle al prestamista un 2,000% mensual desde la fecha del retraso en el pago de la viuda.
Conclusión: al no poder pagar la viuda el cúmulo de capital más intereses ordinarios y moratorios causados, pierde su casa y su hija tiene que abandonar la universidad.
Conclusiones Generales:
De los escenarios judiciales antes descritos podemos concluir varias cosas:
I. Con el nuevo Poder Judicial el gobierno no quedará sujeto a la Constitución ni a las leyes, sino que resolverá en base a intereses políticos e influencias, por lo que los ciudadanos y las empresas quedaremos a la merced de lo que la autoridad desee hacer.
II. Lo anterior generará incertidumbre y deterioro mayor en las inversiones mexicanas y extranjeras, generándose desempleo y aumentando los pobres y la miseria.
III. Los conflictos individuales serán resueltos en favor de los poderosos, sea por su poder económico o político o por su influencia con el crimen organizado.
IV. Lo anterior generará descontento social cuyos niveles son insospechables.