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La Tercera Comisión de la Comisión Permanente: Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas, presidida por el diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana (Morena), aprobó por unanimidad dos dictámenes para exhortar a diferentes dependencias federales y gobiernos estatales y locales, en temas relacionados con bienestar animal y protocolos en el transporte aéreo.

El primer dictamen exhorta a la Secretaría de Cultura, al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL) y a la Red de Museos del mismo instituto a que, en ejercicios de sus atribuciones, fortalezcan los mecanismos sobre las exposiciones artísticas y culturales que se presenten en nuestro país con animales, para procurar su bienestar y protección.

Asimismo, pide a los gobiernos de las 32 entidades federativas que, en coordinación con los gobiernos municipales y alcaldías de la Ciudad de México, vigoricen y amplíen las acciones, campañas y programas dirigidos a concientizar y sensibilizar a las y los funcionarios públicos y a la población en general, sobre el trato digno y respetuoso de los animales.

También, el reconocimiento de los animales como seres sintientes y la tenencia responsable de los animales de compañía, la prevención y erradicación de la discriminación hacia las personas usuarias de animales de asistencia física o emocional.

El exhorto señala que la relación de la persona y el animal (de compañía, doméstico, silvestre o salvaje) “ha de ser modulada por la cualidad de ser dotado de sensibilidad, de modo que los derechos y facultades sobre los animales han de ser ejercitados atendiendo al bienestar y la protección del animal, evitando el maltrato, el abandono y la provocación de una muerte cruel o innecesaria.”

Mecanismos y protocolos en el transporte aéreo

El segundo dictamen aprobado por la Tercera Comisión solicita a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y a la Agencia Federal de Aviación Civil a reforzar los mecanismos de los protocolos y procedimientos de recepción, traslado y entrega del equipaje de los usuarios del transporte aéreo.

De la misma manera, pide a la Agencia Federal de Aviación Civil fortalecer los protocolos y procedimientos para la capacitación y adiestramiento del personal técnico encargado de los filtros de revisión de equipaje, para que apliquen la circular obligatoria que establece la regulación de artículos prohibidos a introducir a las aeronaves de servicio público y su posesión en las zonas estériles de los aeródromos civiles de servicio al público.

Ello, para la prevención de actos de interferencia ilícita que en su objetivo 9.8 permite el transporte de líquidos en cantidades superiores a los 100 mililitros cuando se trate de pasajeros con necesidades dietéticas especiales, tales como alimentos y bebidas para bebé o personas bajo tratamiento médico.

El documento indica que para el uso de los servicios de transporte aéreo se deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar las condiciones máximas de seguridad y operación de las aeronaves, a fin de proteger la integridad física de los usuarios y de sus bienes, así como la de terceros.

Señala que en lo relativo a la propuesta de que se permita el ingreso de leche materna a las pasajeras de aviones en cantidades mayores a los 100 mililitros, independientemente de llevar al lactante, la propuesta muestra que la lactancia materna no sólo abarca el derecho de la mujer a amamantar, sino también el derecho de la niñez a recibir leche materna, en imperativa observancia al principio del interés superior de la infancia.