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• Los cambios a la Ley General de Cultura Física y Deporte fueron aprobados por consenso, en sesión de la Cámara de Diputados

• El dictamen se remitió al Senado

La Cámara de Diputados aprobó, por unanimidad de 456 votos, el dictamen con proyecto de decreto que reforma la fracción XII del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en beneficio de las personas con discapacidad.

Promueve la inclusión de este sector de la población en la cultura física y el deporte, a través de las diferentes modalidades y adaptaciones. Atiende el principio de no discriminación, de conformidad con lo establecido en la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

El documento, remitido al Senado para sus efectos constitucionales, también incorpora adecuaciones de lenguaje y estructura legislativa a la Ley vigente, a fin de dar congruencia a las normas jurídicas con los avances en favor de estas personas.

Atiende el principio de no discriminación

Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Deporte, el diputado Francisco Javier Saldívar Camacho (Encuentro

Social) señaló que el objetivo es incluir a las personas con discapacidad en la cultura física y el deporte, con lo que se atiende el principio de no discriminación.

Dijo que el modelo social y de derecho con el que debe ser analizado y atendido este fenómeno de la discapacidad fue incorporado en nuestro país luego de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. La primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que la discapacidad no debe ser considerada como enfermedad.

Por el contrario, agregó, se debe ver como desventaja causada por las barreras que la organización social genera, al no atender de manera adecuada las necesidades de estas personas. Las limitaciones a las que se ven sometidas son producto de las deficiencias de la sociedad de prestar servicios apropiados que aseguren que sus necesidades sean tomadas en consideración.

Estimó que la aprobación de este dictamen contribuirá a que toda persona que tenga algún tipo de discapacidad, sea deportista o no, que pretendan incursionar en el deporte o realicen alguna actividad física o terapéutica, no reciba ningún acto de discriminación”.