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>> También avaló su sexto y último informe de actividades

La Comisión de Vivienda, que preside la diputada Lilia Aguilar Gil (PT), aprobó, con la unanimidad de 19 votos, un dictamen para reformar la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a fin de que el Infonavit pueda aceptar bienes inmuebles con dación de pago.

En su reunión ordinaria, la diputada Aguilar Gil explicó que la modificación tiene el objetivo de incluir la potestad del Instituto de aceptar bienes inmuebles con dación de pago de entes públicos, entidades federativas, municipios y organismos públicos descentralizados que no cuenten con la liquidez necesaria para hacer frente a los adeudos derivados de sus obligaciones patronales en materia de vivienda.

La reforma, dijo, es favorable porque no sólo otorga una nueva opción para dar cumplimiento a las obligaciones a cargo de los entes públicos derivados del pago aportaciones, sino que también representa un beneficio directo para las personas trabajadoras.

Por ello, indicó, se faculta al Instituto para que tomando en cuenta las características, ubicación y avalúo de los bienes inmuebles, los acepte como pago total o parcial de adeudos por concepto de aportaciones y descuentos.

La diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján (Morena), presidenta de la Comisión de Seguridad Social y promovente de la reforma, estimó que el Infonavit se vería beneficiado con este cambio y también las entidades federativas, los gobiernos municipales y algunos organismos descentralizados que a la fecha tienen adeudos con el Instituto, o puedan realizar sus pagos de obligaciones presentes a través de bienes inmuebles que le sean útiles al Infonavit para el desarrollo de sus fines.

Esta reforma, añadió, busca coadyuvar a sanar las finanzas tanto de estas instancias gubernamentales del Ejecutivo como del propio Infonavit que ha sido una preocupación manifiesta por parte de las diferentes instituciones de seguridad social, principalmente el IMSS, el ISSSTE y el Infonavit.

Consideró que no se puede seguir simplemente observando los grandes adeudos que tienen estas instituciones por parte de gobiernos estatales, municipales u organismos públicos descentralizados sin tomar determinadas medidas de solución. Con esto, sostuvo, el Infonavit no tan solo iría saneando sus finanzas, sino tendría también algunas posibilidades de terrenos o de inmuebles para el desarrollo de vivienda.

El dictamen, que modifica el artículo 30 y adiciona el artículo 59 Bis de dicha Ley, faculta al Infonavit a conocer y resolver las solicitudes de la dación en pago. Precisa que el Instituto podrá aceptar los bienes inmuebles ofrecidos mediante la figura de dación en pago por los patrones, con el objetivo de liquidar, total o parcialmente, los adeudos por concepto de aportaciones y descuentos para el pago de amortizaciones de créditos.

Para dichos efectos, subraya, el Consejo de Administración emitirá las normas que establezcan los procedimientos y requisitos aplicables a la dación en pago, y observando lo siguiente: El Instituto contará con la facultad discrecional de aceptar los inmuebles que le sean ofrecidos, considerando, entre otros aspectos, sus características, ubicación y avalúo; los bienes inmuebles deberán estar libres de gravamen, carga, proceso judicial o contingencia de cualquier naturaleza.

Asimismo, el valor del inmueble ofrecido como dación en pago se determinará por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales y con base en ese avalúo, el área competente del Instituto determinará el monto que se tendrá por extinguido de los adeudos susceptibles a saldar a cargo de los patrones.

Además, la aceptación de bienes inmuebles como dación en pago solo podrá realizarse al 80 por ciento del valor del avalúo y sobre dicho valor deberán descontarse los gastos en los que incurra el Instituto para su adjudicación o aceptación.