Por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, se detuvo a dirigentes de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), confirmó la Procuraduría General de la República (PGR):
En conferencia de prensa, el subprocurador Gilberto Higuera Bernal, dijo que se logró acreditar que los recursos económicos fueron adquiridos derivado de la suscripción de convenios ilícitos con empresas.
El funcionario federal detalló que este domingo se dio cumplimiento a la orden de aprehensión contra el secretario de la Sección 22 de la CNTE, Rubén Núñez, y que la PGR continuará con la investigación por la obtención ilícita de más recursos por parte de los aprehendidos.
El líder de la Sección 22 del SNTE ingresará al Cefereso 11 de Hermosillo, Sonora. Ahí están presos diversos personajes, entre narcotraficantes y líderes sociales como José Manuel Mireles.
En comunicado de prensa, la PGR señala «el mandamiento judicial fue librado el día 14 de abril de 2016 contra el Secretario General de la Sección XXII del SNTE, al encontrarse elementos de prueba suficientes para considerarlo probable responsable del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, previsto y sancionado por el artículo 400 bis, fracción I, del Código Penal Federal. La conducta imputada al referido líder sindical consiste en la adquisición y/o administración de recursos económicos de procedencia ilícita, y posteriormente su utilización por el ahora inculpado. En la indagatoria realizada se acreditó que los recursos económicos fueron adquiridos por el aprehendido como derivación de la celebración de convenios ilícitos», señala comunicado.
Añade el documento «la investigación realizada permitió comprobar que, al amparo de diversos convenios suscritos por la Sección XXII del Sindicato con algunas empresas, éstas entregaron al imputado, de manera directa, indirecta o por interpósitas personas, una comisión quincenal del 3.5%, calculado sobre la cobranza de la quincena respectiva, por las ventas y/o servicios que proporcionaban a sus agremiados, a los cuáles, a su vez, se les descontaba el pago de los bienes, productos o servicios adquiridos a través de la nómina que se administraba cuando la Sección XXII aún controlaba el Instituto de Educación Pública de Oaxaca…
«El monto de las operaciones con recursos de procedencia ilícita que fueron adquiridos y administrados por el inculpado asciende a más de 24 millones de pesos, como resultado de los depósitos que las empresas involucradas hicieron en el período comprendido de 2013 a 2015, en cumplimiento a los convenios calificados de ilícitos…
«Es conveniente mencionar que la ley prohíbe que la Sección XXII suscriba ese tipo de convenios, dado el carácter eminentemente lucrativo de dichos acuerdos, de conformidad con los artículos 378 de la Ley Federal del Trabajo y 79 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, que prohíben a los sindicatos ejercer la función o profesión de comerciantes, con ánimo o fines de lucro…
«Al respecto cabe destacar que los sindicatos gozan de un régimen tributario de excepción, precisamente por el impedimento legal para realizar actividades lucrativas. Por tanto, solo pueden recibir recursos que provengan de una fuente lícita, lo que en el caso se transgredió…
«La Procuraduría General de la República participará activamente ante la autoridad judicial, conforme a sus atribuciones, para que se aplique la ley a quienes han sido puestos a disposición de los tribunales por su presunta responsabilidad en los hechos. Asimismo, continuará investigando la posible participación de otras personas en los hechos referidos, así como la probable comisión de otros ilícitos…
«En éste, como en todos los casos, la Procuraduría General de la República continuará profundizando las investigaciones respectivas con estricto apego a derecho», subraya.