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Ahora que he terminado en Salamanca, España mis estudios de doctorado, obteniendo el grado de Doctor en Derecho, y he estado expuesto a la controversia que se suscita en España a las propuestas de reforma del Poder Judicial que ha desatado intensas protestas por parte de los integrantes del Poder Judicial, amenazando con realizar una huelga del personal judicial, quiero exponer uno de los aspectos más relevantes de dicha controversia y compararla con lo que ya existe en México con la reforma al Poder Judicial, que nuestra presidente dice que no solo no afecta la independencia judicial, sino que convierte a México en “el país más democrático del mundo”.

En España de la propuesta de reforma judicial, un concepto desconocido para nosotros en México, el llamado “cuarto turno”, consistente en un método para que personas con experiencia legal fuera del Poder Judicial, con diez o más años de experiencia profesional, ingresen como juzgadores. Uno de cada cuatro vacantes de juzgador se cubra entre juristas con al menos diez años de experiencia general, sin someterse a los exámenes de oposición, para enriquecer la judicatura con perfiles profesionales diversos.

Este es un método que permite el ingreso de juristas que no han participado en el Poder Judicial a formar parte de este, dando así un aire de frescura y renovación a los criterios judiciales existentes, eliminando así el síndrome que se conoce como “ceguera de taller”, en donde se van ciclando las ideas y criterios, perdiendo actualidad y ganando obsolescencia.

Este concepto también existe en Francia, Alemania e Italia, en donde también se ha criticado.

Los integrantes del Poder Judicial en España, aducen que con el sistema propuesto, que se aparta del tradicional sistema meritocrático para acceder al Poder Judicial, basado en personal judicial que se somete a pruebas rigurosas de oposición, el Poder Ejecutivo contaminará al Poder Judicial, a través de introducir a juzgadores adeptos al régimen en el poder, así haciendo que se vaya perdiendo la independencia judicial en detrimento de la justicia, convirtiendo a dicho poder en un apéndice del Ejecutivo.

Sin entrar más en el análisis de la reforma al Poder Judicial en España, quiero únicamente comparar la diferencia con la reforma aprobada en México;

  1. En México se destruye a todo el Poder Judicial mediante el despido de todos sus juzgadores en un plazo de dos años, mientras en España no hay ese despido, sino una propuesta de aumento en el número de juzgadores, a través del método denominado “cuarto turno”.
  2. En nuestro país, se elimina por completo el sistema meritocrático de oposición de los integrantes del Poder Judicial que tuvieron que ingresar desde puestos de apoyo a los juzgadores para después de años de experiencia en los juzgados, tribunales y en la Corte, y de haber cursado sendos estudios en las instituciones de enseñanza judicial, pueden someterse a exámenes de competencia sumamente estrictos, para ser sustituido por personas abogados con cinco años de experiencia en la abogacía en general y cartas de recomendación de vecinos, para postularse a elección como juzgadores. Mientras en España dicho sistema queda intacto y el “cuarto turno” se aplica a una cuarta parte de las vacantes que vayan existiendo en el Poder Judicial. Como podemos ver, el daño que se causa a la independencia judicial en México es infinitamente más grande que el que se puede causar en España, y ahí, como dicen los españoles, “sí que se ha levantado un follón”.