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>> Se impondrán de cinco a ocho años de prisión a quien realice estos procedimientos sin autorización

>> Con 436 votos a favor, se adicionó la Ley General de Salud y se envió al Senado

A fin de prohibir y sancionar como delito la aplicación, inyección o infiltración hipodérmica de sustancias modelantes con fines estéticos que sean nocivas, tóxicas o peligrosas para la salud, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 436 votos a favor, el dictamen que adiciona los artículos 194 Ter, una fracción VII al artículo 198 y 463 Bis a la Ley General de Salud.

Indica que, para los efectos de esta Ley, se consideran dispositivos médicos con fines estéticos los materiales, sustancias o productos similares que tengan como finalidad modificar la anatomía, adelgazar, engrosar, aumentar el volumen, modificar, cambiar, corregir o variar el contorno, la forma o las proporciones de labios, mejillas, mentón, senos, glúteos, brazos, piernas u otras zonas o regiones del rostro y del cuerpo humano.

Queda prohibido el uso de silicona líquida, aceites minerales, aceites comestibles, aceites de automóvil, grasas vegetales o animales, cemento óseo, biopolímeros orgánicos o sintéticos, o cualquier otra sustancia no apta para uso humano mediante aplicación, por medio de procedimientos quirúrgicos invasivos y no invasivos a través de inyección, infiltración hipodérmica o algún otro procedimiento innovador, de sustancias modelantes no absorbibles o no biodegradables, nocivas o tóxicas que dañen, afecten, lesionen o pongan en peligro tejidos, órganos, extremidades o sistemas del cuerpo de las personas de forma temporal o permanente. Para tales efectos, la Secretaria de Salud definirá las sustancias modelantes prohibidas.

Cualquier aplicación, inyección o infiltración hipodérmica de dispositivos médicos con fines estéticos deberán llevarse a cabo en establecimientos que cuenten con la autorización sanitaria correspondiente y por profesionales en el campo de la medicina, de conformidad con los artículos 79 y 81 de la presente ley.

El documento, remitido al Senado de la República para efectos constitucionales, subraya que únicamente requieren autorización sanitaria los establecimientos dedicados a la aplicación, inyección o infiltración hipodérmica de dispositivos médicos con fines estéticos.

Menciona que se impondrán de cinco a ocho años de prisión a quien realice aplicaciones por medio de procedimientos quirúrgicos invasivos o no invasivos, a través de inyecciones, infiltraciones hipodérmicas o de algún otro procedimiento innovador de sustancias modelantes prohibidas, de conformidad con el párrafo segundo del artículo 194 Ter de esta ley. Lo anterior, sin menoscabo de lo establecidos en los Códigos Penales de las entidades federativas y la Ciudad de México.

En México, 923 mil personas buscan al año este tipo de procedimientos

La diputada promovente, María Clemente García Moreno (Morena), expresó que diversas personas, tanto cisgénero como trans recurren al uso de infiltraciones para adaptar o modificar sus cuerpos con fines de embellecimiento, a través del mejoramiento de la apariencia de rostro, labio, mentón o aumentando el volumen de senos, glúteos y piernas.

Indicó que la aplicación de este tipo de sustancias puede ser una herramienta importante para transformar la apariencia física de cualquier persona y ayudarle a sentirse más cómoda con su cuerpo y, en el caso de las personas trans, estos procedimientos posibilitan la afirmación de género.

Sin embargo, dijo, el uso de estas infiltraciones puede ser costosos y potencialmente peligroso si se realiza en ambientes no médicos o sin la debida capacitación, y en ocasiones, este tipo de procedimientos suelen comercializarse como rellenos de bajo costo con materiales que pueden resultar peligrosos o nocivos para la salud, causar graves daños en la piel, los tejidos subyacentes y en algunos casos, ponen en riesgo la vida de quien los utiliza.

Relató que dichas sustancias pueden ser silicona líquida, aceites comestibles, aceites de automóvil, vegetales o animales, cemento óseo, biopolímeros orgánicos o sintéticos u otras no aptas para uso humano o de uso médico.

García Moreno aseguró que este es un grave problema de salud pública; por ello, es importante que el Estado e instituciones de salud garanticen a las personas que buscan estos tratamientos lo hagan con seguridad y bienestar.

Actualmente, en México 923 mil personas cada año, buscan este tipo de procedimientos, es decir, 2 mil 500 personas cada día, de las cuales, el 80 por ciento son mujeres, y de ese porcentaje, el 90 por ciento son amas de casa. Solamente el 20 por ciento son hombres. Por ello, se busca prohibir y sancionar como delito la aplicación, inyección o infiltración hipodérmica de sustancias modelantes con fines estéticos que sean nocivas, tóxicas o peligrosas para la salud.

El Pleno acordó aceptar las propuestas de modificación presentadas por la diputada María Clemente García Moreno (Morena).