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Con los más de 9 mil 690 millones de pesos existentes en tres fideicomisos, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) garantizará el pago de indemnizaciones a los 464 magistrados y 349 jueces de distrito que presentaron su dimisión al cargo y no participarán en la elección de juzgadores por voto popular en junio de 2025, indicaron fuentes del órgano del Poder Judicial de la Federación (PJF).

Asimismo, ante el desacuerdo con la puesta en marcha de la reforma judicial, los requisitos que establece el Issste y los convenios de la Judicatura, más de 200 juzgadores con 55 años de edad y más, que al menos han laborado 25 años en el CJF, han presentado solicitudes de trámite de pensiones.

De acuerdo con los reportes financieros que publica la Judicatura, los fideicomisos que opera son el 80692, identificado como de pensiones complementarias de magistrados y jueces jubilados; el 80694, de apoyos médicos complementarios y de ayuda económica extraordinaria para los servidores públicos del PJF, con excepción de los de la Corte y el 80695, este último para el desarrollo de infraestructura que implementa las reformas constitucionales en materia de justicia federal.

Existe uno más, el 80693, para el mantenimiento de casas-habitación de magistrados y jueces, pero este instrumento financiero no opera únicamente con recursos públicos, sino que se financia con fondos de carácter privado, producto de las aportaciones mediante descuentos vía nómina que se efectúan a los beneficiarios, ya que cada impartidor de justicia al que se le dota de una vivienda temporal para habitar cuando es adscrito a un órgano fuera de su residencia habitual, debe pagar al CJF una especia de renta por mantenimiento, y ese dinero se ingresa a este fideicomiso.

Debe mencionarse que la dimisión y la solicitud de pensión son dos situaciones diferentes, mediante las cuales un impartidor de justicia puede obtener recursos para concluir su relación con el PJF.

En el caso de la indemnización, se trata de un pago único en el que la autoridad considera el número de años que laboró, el salario que tenía y otros haberes.

El segundo, es la posibilidad de solicitar ante el Issste su pensión vitalicia, a la cual pueden acceder quienes tengan al menos 55 años de edad y al menos 25 años de servicio en la Judicatura, y lo obtendrán mediante la figura de pensión anticipada.

En este caso opera lo establecido en el acuerdo general del CJF publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de septiembre de este año, que señala: Para calcular la antigüedad o años de servicio efectivos de los magistrados de circuito y jueces de distrito en el PJF, se computará el tiempo por el que hayan recibido nombramientos en cualquiera de las categorías o puestos, ya sean jurisdiccionales o administrativos, dentro de los órganos que integran el Poder Judicial de la Federación.

Con información del periódico La Jornada