COMPARTIR

Loading

El presidente y su partido Morena, así como sus aliados, el Partido Verde y el del Trabajo, han encontrado un camino fácil a seguir para violar la Constitución ahora que no tienen, en ambas Cámaras del Congreso de la Unión, la mayoría calificada para modificar la Constitución; modificando las leyes secundarias a su antojo, ejerciendo su mayoría simple, en franca y directa violación con los dictados de la Constitución.

Así lo hicieron con la Ley de la Industria Eléctrica, confiando que, al interponerse por legisladores de la oposición las acciones de inconstitucionalidad correspondientes, sus leyes inconstitucionales no lograran la mayoría calificada en la Suprema Corte de Justicia de la Nación de 8 votos de los 11 ministros integrantes del Pleno de dicho alto Tribunal, según lo establece el artículo 105, fracción II, último párrafo de la Constitución.

Después de que el presidente de la República anunció que iba a emitir un acuerdo que ordenaba que la Guardia Nacional pasaría al mando de la Secretaría de la Defensa Nacional, en clara violación a lo que establece el párrafo diez del artículo 21 de la Constitución, que ordena lo siguiente:

“Las instituciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional, serán de carácter civil, disciplinado y profesional. El Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los fines de la seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública, que estará sujeto a las siguientes bases mínimas: [el énfasis es nuestro]

Ahora el presidente ha anunciado que presentará iniciativas para reformar leyes secundarias a fin de pasar a la Guardia Nacional al mando de la Secretaría de la Defensa Nacional, institución de la administración pública federal que tiene el carácter de militar y no es de carácter civil, en franca violación a lo que dicta la Constitución, como claramente lo vimos arriba.

El presidente se está aprovechando del hecho de que dentro de los 11 Ministros que integran la Suprema Corte, él propuso al Senado los últimos cuatro ministros, que son: Juan Luís González Alcántara Carrancá, Ana Margarita Ríos Farjat, Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf, además de la proclividad a las causas del presidente de la República mostradas por el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Con esto podríamos decir que nuestro presidente realmente cuenta con una batería de ministros para imponer su voluntad.

Sin embargo, la situación no es tan fácil como parece para el presidente. En primer lugar, porque si no se logra declarar de forma absoluta la inconstitucionalidad de una ley secundaria impugnada, por no haber obtenido la mayoría calificada de 8 votos de los 11 disponibles (cada ministro tiene el derecho de un solo voto), ello no significa que la ley impugnada se declare como válida y apegada a la Constitución, como mañosa y engañosamente lo ha implicado varias veces el presidente y sus seguidores.

Ello no se da porque queda abierta la posibilidad de impugnar la ley secundaria a través del juicio de amparo, que, si llegare a ser atraído por la Corte, basta con una mayoría simple para declarar para el quejoso en el amparo que la ley no le aplica por inconstitucional.

Además, la resolución de la Corte que mayoritariamente se pronuncia por la inconstitucionalidad de la ley (aunque no haya tenido la mayoría de 8 votos requerida por la Constitución para declarar a la ley como inconstitucional), manda una clara señal a los Tribunales Colegiados, que resuelven los amparos en revisión (especie de apelación) sobre el criterio de declarar a la ley como inconstitucional.

Adicionalmente, debemos de tomar en consideración, en absoluto descargo de la Ministro Ana Margarita Ríos Farjat, que ella se ha ceñido generalmente a los dictados de la Constitución, porque sus resoluciones no han estado basadas en argumentos ideológicos, sino han sido fundamentadas en el Derecho y la debida interpretación de las leyes y la Constitución.

Así, que tomando en consideración lo anterior, pudiéramos decir que el presidente cuenta absolutamente con dos Ministros: Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf, que invariablemente, en los asuntos de interés del presidente han usado argumentaciones poco jurídicas y más bien ideológicas. Y finalmente, cuenta parcialmente con los Ministro Juan Luís González Alcántara Carrancá y con el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Pero, en conclusión, nuestra Constitución otorga al pueblo los mecanismos necesarios para deshacerse de Ministros de la Corte que violen la Constitución, a través del juicio político, establecido en el Título Cuarto de la Constitución, que abarca a todos los servidores públicos, incluyendo a los Ministros de la Suprema Corte.

Si en las elecciones del 2024, ganan los partidos distintos a Morena, y sus aliados, la mayoría calificada en el Senado y la mayoría simple en la Cámara de Diputados, es posible y factible condenar a los Ministros de la Corte a la pérdida de su cargo, por haber directamente violado la Constitución para imponer la voluntad de un presidente que quiere ser dictador.