En México criticamos a los diputados por lo que ganan por lo que no trabajan, por lo que gastan y presumen, por lo que duermen en las curules, pero raramente se les critica por las leyes que aprueban.
Desde la reforma constitucional del 2013 en donde se aprobó la elección sucesiva de los diputados federales hasta por tres veces, para sumar un lapso de 12 años en los que pueden permanecer como integrantes del poder legislativo, a través del procedimiento de la reelección, no nos hemos percatado que ahora los ciudadanos tenemos el poder que antes no existía de premiar o castigar a los diputados federales por el desempeño en sus cargos.
Las elecciones federales del 2021 van a ser las primeras, en el ámbito federal, en las que los ciudadanos van a ejercer el poder de premiar o castigar a los diputados por su desempeño, ya sea reeligiéndolos o castigándolos, eligiendo a otros para el siguiente trienio.
Pero el gran problema que yo veo es que la falta de cultura política que existe en el país nos impide saber qué cosas buenas o malas hicieron los diputados.
A manera de ejemplo, y sin implicar que esto sea el único asunto de importancia que hayan hecho los diputados en esta legislatura, me atrevo a sugerir que se juzguen a los diputados que votaron en favor de lo que yo considero como la amenaza más grande que tenemos los ciudadanos actualmente para el ejercicio de nuestra libertad y para la protección de nuestro patrimonio.
Con la reformas constitucionales y a las leyes fiscales y penales que se han aprobado en esta legislatura, debemos de tomar en cuenta que los diputados de MORENA, y sus partidos aliados, Partido Verde Ecologista de México, Partido del Trabajo y Partido Encuentro Social o el que lo va a sustituir, aprobaron lo siguiente:
- Que la evasión fiscal y el contrabando sean considerados como delitos graves. Esto implica que por el solo hecho de ser acusado por cualquiera de estos delitos, el indiciado no tiene derecho a la libertad provisional bajo caución (como una fianza), por lo que debe de pasar en la cárcel todo el proceso penal correspondiente.
2.- Que los delitos aludidos se consideran como delincuencia organizada, si existe el concurso de otras personas para su consecución. Es decir, la participación de otras personas para llevar a cabo el delito, cosa que es relativamente fácil de darse.
3.- Si la situación anterior ocurre, el implicado en el delito está sujeto a la extinción de dominio de su patrimonio aún antes de que se dicte sentencia definitiva condenatoria. Si llegare a considerarse inocente, le pagarán el valor de avalúo de sus bienes, más los productos, rendimientos, frutos o accesorios, menos los gastos de administración que correspondan, pero en todo caso los pierde.
Lo anterior implica que cualquier persona que haya omitido declarar un ingreso sea por un error u omisión, ya que el dolo no interviene en esta situación, es susceptible de sufrir las consecuencias de perder la libertad y su patrimonio aún antes de que sea declarada culpable.
Esto le da un arma enorme al gobierno para el control político de los ciudadanos, ya que con esta amenaza constante de la pérdida de libertad y del patrimonio de las personas, hace que cualquiera se les ponga a modo (véanse los oligarcas de los tamales).
Independientemente de que esta nueva legislación viole derechos humanos y tratados internacionales y que, además, sea susceptible de echarse abajo a través del juicio de amparo o a través de las cortes internacionales, debemos de tomar en cuenta que estas disposiciones existe en nuestra legislación y fueron aprobada por los diputados que están sujetos al escrutinio de los ciudadanos para su reelección.
Lo anterior, lo debemos de tomar en profunda consideración para decidir nuestro voto, al momento de analizar si reelegimos a los diputados que aprobaron lo anterior, o les damos la espalda y elegimos a otras personas.