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Últimamente, rara vez uno puede hacer la afirmación en México, que se expresa en el título de este artículo de mi columna, cuando se ve constantemente la sumisión de los diversos poderes, inclusive de los órganos autónomos, a los mandatos del poder ejecutivo que controla presupuestos, designaciones, el Congreso y partidos políticos.

Pero, por alguna extraña razón, un Tribunal Colegiado de Circuito en el Estado de Tamaulipas, del Poder Judicial Federal, ha dictado una resolución sin precedente, ordenando al Estado Mexicano, crear una Comisión de la Verdad para esclarecer la desaparición de los estudiantes de la Normal Rural de Ayotzinapa, ocurrido en Iguala, Guerrero, echando abajo las indagatorias realizadas por la Procuraduría General de la República, al no haber abierto líneas de investigación que involucraban a elementos del Ejército y la Policía Federal en los hechos ocurridos.

La Resolución da carta blanca a los integrantes de la Comisión de la Verdad que se forme para acceder a los centros de detención del ejército y demás dependencia, teniendo acceso, incluso a lugares sujetos a la jurisdicción militar o castrense. El Tribunal ordena entrevistar a militares del 27 Batallón de Infantería para recabar testimonios sobre la desaparición de los normalistas.

Asimismo, se ordena investigar los actos de tortura que se atribuyen a los integrantes de la Secretaría de la Marina Armada de México. La sentencia dictada por los Magistrados Mauricio Fernández de la Mora, Juan Antonio Trejo Espinoza y Héctor Gálvez, instruye dejar fuera de la investigación a los fiscales, peritos, agentes ministeriales y policiales que han estado al frente o han participado en la indagatoria, por haber estado estas dependencias involucradas en los hechos el día de la desaparición y depender todos ellos del Ejecutivo Federal, encargado de la investigación. Por lo anterior consideró el Tribunal que nuevos agentes del Ministerio Público sean quienes participen, pues sólo de esta forma se podrán contrarrestar y vencer los defectos de la investigación precedente, que en general, estuvo dirigida a practicar y poner sólo énfasis en aquellas pruebas que pudieran apoyar una versión de los hechos, como se vio, ha sido cuestionada, la incineración de los estudiantes en el basurero de Cocula, y el depósito de sus restos en el río San Juan.

El tribunal recomendó la designación de peritos independientes, que pertenezcan a instituciones públicas o privadas, previendo en la Comisión de la Verdad, la participación de organizaciones nacionales o internacionales de derechos humanos. El Tribunal recomendó que el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes que previamente estuvo cuestionando las indagatorias de la PGR participara en la nueva Comisión, pudiendo la Comisión de la Verdad que se forme acudir a órganos internacionales como la Interpol, para apoyarse en la investigación.

Por último, el Tribunal dictó que organismos internacionales participaran en la investigación de los supuestos actos de tortura realizados por las autoridades de bajo el mando de la PGR, excluyendo a esta de la investigación de dichas acusaciones.

Esta resolución realmente rompe con una histórica preminencia de la PGR en las indagatorias de violaciones de garantías individuales, y ahora, de derechos humanos en el país, rompiendo viejos paradigmas al respecto. Lo interesante de esta sentencia, es que adopta de lleno el nuevo esquema planteado por el artículo 1o constitucional, que ordena:

“En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.”

Lo interesante de esta resolución, y la lectura política de la misma, es que ante la inminente caída del régimen priista en las elecciones que vienen, el Poder Judicial de la Federación, a través de uno de sus Tribunales Colegiados de Circuito, dictan esta resolución en última instancia, en contra de las actuaciones de las dependencias del Ejecutivo Federal, es decir, del Presidente de la República, excluyendo a sus dependencias que continúen indagando el caso, solicitando que intervengan autoridades internacionales.

Ante el inminente cambio de régimen que viene el 1º de julio, esperemos que la institucionalidad en el país prevalezca, gane quien gane.