El Senado de la República avaló reformas al Código Penal Federal y la Ley General de Salud, a fin de prohibir y sancionar penalmente las terapias de reorientación sexual, conocidas como ECOSIG (Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género).
De acuerdo con organizaciones de la comunidad LGBTTTIQ+ de aprobarse por ambas cámaras dichas reformas, México sería el tercer país en América Latina en publicar legislaciones que prohíben los ECOSIG a nivel nacional, además de proveer un marco jurídico en materia de salud mental.
Ricardo Monreal, uno de los senadores que luchó por alcanzar los acuerdos para que esta reforma se aprobara, explicó que las modificaciones legales contemplan sanciones de dos a seis años de prisión, y multa de casi 200 mil pesos a quien realice, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento que obstaculice, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, penas que aumentarán al doble cuando se trate de menores de 18 años, personas adultas mayores o con alguna discapacidad.
Estas penas también se aplicarán a las y los profesionistas, técnicos o auxiliares de la salud que realicen este tipo de prácticas, además de la suspensión del ejercicio profesional hasta por tres años o la cancelación de su cédula profesional, en caso de reincidencia.