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  • Artículo 38 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, señala: sostener, cargar o colocar personas o animales entre los brazos y piernas, serán acreedoras de una sanción

Las mascotas son parte de la familia y por ende muchas personas se los llevan de vacaciones, o bien, cuando salen de compras o al parque, llevan a su compañero, uno de los más vistos en las ventanas de los automóviles son los perritos disfrutando del aire.

Sin embargo, si no es llevado correctamente puede generar una multa de $708 pesos, equivalente a cinco salarios minimos. De acuerdo al artículo 38 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, en donde señalan lo siguiente:

Los conductores de vehiculos no motorizados que no cumplan con lo estipulado en el presente articulo, seran amonestados verbalmente por los agentes autorizados para infraccionar, y orientados a conducirce de conformidad con lo establecido por las dispocisiones aplicables.

c)Sostener, cargar o colocar personas o animales entre sus brazos y piernas.

En caso de infringir lo dispuesto en el inciso c), seran sancionados con un amulta equivalente a 10, 15 o 20 veces la Unidad Médica y Actualización vigente, tres puntos a la licencia para conducir y un punto a la matricula vehicular.

Las formas adecuadas de evitar una sanción y evitar accidentes, se encuentran:

No llevarlos sobre las piernas mientras se conduce.

Utilizar arnes de seguridad para llevar los lomitos en la parte de atrás

Transportarlos dentro de una jaula especial de acuerdo a la mascota que es..

Antes de subir a tu copiloto (mascota) asegurate que lleves lo necesario para evitar disgustos.

Texto: LA CRÓNICA DE HOY