La falta de lectura o comprensión de los textos legislativos suele generar más escándalos que las rigurosas crónicas de los hechos y de los dichos. La reciente ley de remuneraciones ha generado más notas escandalosas que muchas otras noticas sólo por la omisión de la lectura del texto legal y, en consecuencia, del relato de su contenido.
Si así va a seguir la comunicación social cuando vengan otros muchos decretos que tiendan a subvertir el viejo Estado corrupto y el antiguo sistema de la democracia formalista, México entero vivirá en el escándalo provocado por la ignorancia.
La ley de remuneraciones estuvo congelada más de seis años. En total, el Congreso llevaba ya nueve años en omisión legislativa. Sus detractores han dicho que está mal, que tiene contradicciones y antinomias, que es inaplicable, que generará muchos amparos, que es un caos. Pero nadie ha dicho por qué. Sólo se afirma que en lugar de Unidad de Medida y Actualización dice salario mínimo del Distrito Federal. Si esa ley hubiera sido aprobada hace seis años, como era obligado, durante varios años habría tenido ese “defecto” y seguiría con el mismo, tal como también lo tienen todas las leyes que fueron expedidas antes de que se creara el UMA y se eliminara el DF. La vigencia de las normas no se afecta con los cambios de denominación. Para eso se generan disposiciones transitorias en los decretos legislativos.
Muchos comunicadores reprodujeron la especie de que la nueva ley de remuneraciones indicaba los sueldos de algunos funcionarios. ¿De dónde salió eso? Hasta ahora nadie lo sabe. Era quizá una sospecha o una simple suposición.
La falta de lectura del decreto lo convirtió en lo que no era y le restó relevancia a lo que efectivamente contiene.
La ley de remuneraciones define lo que éstas son y señala lo que no son. Ya se acabó el tiempo en que la segmentación de conceptos escondía lo que en realidad percibe cada servidor público. Todo lo que se paga, en efectivo o en especie, es remuneración y ésta se encuentra sujeta a las mismas normas.
La regla de que nadie puede ganar más que el Presidente de la República tiene 9 años vigente, se encuentra en el artículo 127 de la Constitución, pero algo nuevo de esta ley es que ya existen sanciones aplicables en el caso de que tal precepto no se respete.
No recuerdo a ningún comunicador social que se haya dado cuenta de que el decreto contiene también sanciones administrativas y unas adiciones al Código Penal Federal.
Pero hay otras omisiones informativas. Algunos conductores de programas radiofónicos han estado preguntando que quién determina la remuneración del Presidente de la República, el cual es el salario máximo en el Estado mexicano. Parece que no se recuerda que es la Cámara de Diputados la que lo fija cada año, junto con muchos otros, desde 1824.
Si la ley de remuneraciones durmió el sueño de la congeladora legislativa fue porque es odiada por quienes tenían el control del termostato, los partidos del PRIAN. Esos no han estado de acuerdo con la regulación de los sueldos de la alta y dorada burocracia que durante décadas ha dispuesto de los recursos públicos para establecer las remuneraciones más altas y las pensiones más ofensivas.
Ente las omisiones informativas se encuentra el carácter ilegal de los pagos a ex directores de la banca del Estado, quienes gozan de pensiones otorgadas por los órganos de gobierno de las instituciones pero en contravención del artículo 127 de la Carta Magna.
Como no existía ley reglamentaria y, por tanto, tampoco sanciones, se podía seguir cobrando pensiones y sobresueldos sin admitir el imperio de la Constitución. Con esa ley, tildada de absurda, ya no será tan sencillo seguir cobrando lo que está prohibido.
Las pensiones de los ex presidentes en realidad nunca estuvieron establecidas en una ley o decreto legislativo, sino que se ubicaban en una partida del presupuesto de la Presidencia para repartir dinero entre aquéllos y sus viudas. Esto ya resulta insostenible a la luz de la nueva legislación.
La prisa de la mayoría de la Cámara de Diputados para expedir la ley de remuneraciones era legítima en tanto que ésta es necesaria para proyectar el presupuesto de 2019. Regresarla al Senado para que dijera Ciudad de México en lugar de Distrito Federal y cosas por el estilo hubiera sido un despropósito.
El insólito acontecimiento de que casi todos los medios de comunicación hubieran compartido la tesis del apresuramiento infundado no es más que expresión de las ganas de presentar a la nueva fuerza gobernante del país como inexperta o acaso voluntarista y necia. ¿Por qué no se criticó mejor la congelación del proyecto y la omisión legislativa que duró nueve años? Eso también se llama omisión informativa.
El primer decreto legislativo de la nueva mayoría parlamentaria ha sido presentado como parte de un escándalo pero sin escudriñar su contenido. Mas como se trata de la primera de una serie de reformas que habrán de venir como expresión de un programa ofrecido en las recientes elecciones, acaso podría pensarse en que la producción legislativa deberá encarar el escándalo por vías de las omisiones informativas.
No ha de ser sencillo para los medios de comunicación ubicarse en la nueva realidad política mexicana. Gran beneficio obtendría la nación si se rescatara del olvido la crónica parlamentaria.