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Ha habido mucha controversia con las iniciativas de reformas a las leyes penales y fiscales que pretenden cerrarle las puertas a los evasores fiscales que “compran” facturas a empresas bien organizadas para simular actos inexistentes expidiendo facturas por los mismos con el fin de generar deducciones que bajan la tasa gravable de empresas para que paguen menos impuestos. Margarita Ríos Farjat, Titular del SAT, ha dicho que la evasión fiscal generada por estos esquemas ilegales sobrepasa la suma de $354,000 millones de pesos anuales, equivalentes al 1.4 % del PIB (economiahoy.mx).

Indudablemente que hay que parar esa fenomenal evasión fiscal que está provocando un grave daño al erario. Ahora bien, para evitar lo anterior, el Ejecutivo ha presentado un paquete de reformas legales para severamente castigar a los evasores. Esto es de aplaudirse, no podemos permitir que esto continúe así.

Antes de la reforma penal que creo en 2008 el sistema penal acusatorio con una reforma constitucional, cualquier autoridad prejudicial (dígase Ministerio Público) con un par de testigos falsos nos podía meter a la cárcel y permanecíamos en ella hasta que no probáramos nuestra inocencia. Este sistema es el llamado “inquisitorial”, que precisamente derivaba de la Inquisición española, heredada de la Colonia. Se creó el nuevo sistema para evitar las injusticias que se cometieron con el antiguo.

Ahora, la prisión preventiva (te meten a la cárcel mientras dura el proceso penal) es la excepción y no la regla como antes, existiendo el principio de presunción de inocencia. Pero se hizo una excepción general para tener prisión preventiva durante el proceso, en los delitos denominados graves que son los casos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, así como los delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud.

Como se puede ver, ahora muchos delitos están sujetos a prisión preventiva por las recientes reformas constitucionales aprobadas este año. Sin embargo, la reforma fiscal propuesta, sin hacer cambios en la constitución, pretende considerar como “delincuencia organizada” a la evasión fiscal.

Claramente con esto se va a disuadir a las empresas a “comprar facturas” para pagar menos impuestos y a las llamadas “factureras” a continuar con este ilegal negocio. Pero como se plantea la reforma, también se pueden arrastrar a la cárcel a cumplidos ciudadanos que cometan errores simples en el complicado sistema fiscal, y considerando que el no declara ingresos al fisco incurre en evasión fiscal, todos los mexicanos que trabajan en la economía informal estarían en riesgo de perder su libertad y sus bienes, puesto que la reforma fiscal propuesta tiene como sanción la extinción de dominio que se da durante el proceso y antes de la sentencia.

Con lo anterior, sí se puede combatir a los evasores fiscales, pero también se puede perseguir a cualquier ciudadano con un pretexto político, ya que es sumamente difícil en nuestro sistema fiscal permanecer libre de culpa o error.

Imaginemos a nuestro vecino poner en su azotea un cañón apuntando a nuestra casa, so pretexto de protegerse en contra de los delincuentes, imaginemos que un hijo nuestro tiene problemas con un hijo de nuestro vecino, ¿qué riesgo corremos con ello?