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· Se reitera que NO LE ASISTE DERECHO a esa empresa para aplicar un cobro anual durante el tiempo que el cliente haya diferido el pago de su equipo celular

· Para el caso de que AT&T realice este cobro, el consumidor cuenta con 30 días naturales a partir de que se haga la modificación al contrato, para expresar su rechazo

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) informa que AT&T únicamente podría modificar el contrato de sus usuarios al contar con su consentimiento, es decir, NO basta con que la empresa haya enviado un mensaje al celular de sus clientes con quince días de anticipación como lo establece la norma.

En este contexto, se alerta a los consumidores para que a partir del 1 de noviembre estén atentos a que no se realice ningún cobro adicional a los originalmente pactados y en su caso, acudir a presentar su queja ante la Profeco para la defensa de sus derechos.

Se recomienda que si el usuario recibió el mensaje en donde la compañía le informa de tal situación y no está de acuerdo con dicho cargo, envíe de manera inmediata un escrito a la misma en donde se exprese que lo rechaza, ya que de no hacerlo la compañía alegará que estuvo de acuerdo con esta modificación (consentimiento tácito).