<< Se trata de una reforma al Artículo 80 de la Ley de Movilidad capitalina; fue presentada en la sesión de la Comisión Permanente
Para que las personas puedan utilizar el transporte público junto con sus animales de compañía, ello bajo condiciones de seguridad, higiene, bienestar animal y el adecuado funcionamiento del servicio, la diputada Rebeca Peralta León propuso reformar el Artículo 80 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México.
En la sesión de la Comisión Permanente del Congreso capitalino, la legisladora del PVEM presentó dicha iniciativa -a nombre propio y de sus compañeros de bancada Jesús Sesma Suárez y Manuel Talayero Pariente-, la cual fue turnada a las Comisiones Unidas de Movilidad Sustentable y Seguridad y la de Bienestar Animal, para su dictaminación.
Al exponer su propuesta, destacó que en la actualidad seis de cada diez hogares capitalinos tienen al menos un animal de compañía, pero que la legislación no reconoce la posibilidad de que estos puedan viajar en el transporte público. Ello, subrayó, ha generado diferentes criterios entre los sistemas de transporte acerca de permitir o no el ingreso de los usuarios acompañados de sus perros o gatos.
“La Ley de Movilidad no reconoce expresamente que las personas puedan trasladarse con ellos en el transporte público. En la práctica existen sistemas en los que simplemente no pueden ingresar o en los que su acceso depende de reglas y criterios diferentes”, precisó en el encuentro virtual.
Al respecto, detalló que la iniciativa tiene como objetivo establecer que los prestadores del servicio público de transporte de pasajeros permitan el acceso y traslado de los usuarios junto con sus animales de compañía en el Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro, Metrobús, Cablebús, la Red de Transporte de Pasajeros (RTP), transporte eléctrico y el concesionado.
Peralta León sostuvo que esta reforma busca terminar con la incertidumbre que enfrentan los usuarios del transporte público, al establecer el acceso de los animales de compañía con reglas específicas que deberán adaptarse a las características de cada modalidad.
La iniciativa plantea que el ingreso, permanencia y traslado de estos seres sintientes se realicen en condiciones que garanticen la seguridad de las personas, higiene, el bienestar animal y la adecuada operación del servicio.
Asimismo, indica que el Gobierno capitalino -a través de la Secretaría de Movilidad- contaría con 180 días hábiles para adecuar el Reglamento de la Ley de Movilidad y establecer las condiciones generales para ello.
Posteriormente, los organismos públicos y prestadores del servicio tendrían 90 días hábiles para adecuar sus disposiciones administrativas, manuales, protocolos y demás instrumentos.