<< Se plantea adicionar el artículo 65 Quáter y reforma artículo 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor
La diputada federal de MC, Mariana Guadalupe Jiménez Zamora impulsa una iniciativa para sancionar con multa de hasta $4,274,960.73 pesos, a los proveedores de servicios funerarios de uso inmediato que retengan restos, cenizas o documentos por una controversia de pago.
La propuesta, que plantea adicionar el artículo 65 Quáter y reforma el artículo 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, también estipular que los proveedores de estos servicios deberán entregar presupuesto desglosado, obtener consentimiento expreso para cargos adicionales, respetar la libre elección de bienes y servicios opcionales, exhibir precios y utilizar el contrato registrado, e informar restricciones sanitarias o técnicas.
Además, queda expreso que de no cumplir con todos estos lineamientos los proveedores serán sancionados con multa de $1,093.02 a $4,274,960.73. pesos.
La diputada Jiménez Zamora expone que la contratación de un servicio funerario suele ocurrir “en un momento de duelo, urgencia y alta vulnerabilidad emocional. La familia debe decidir en pocas horas sobre traslado, preparación, velación, ataúd o urna, cremación o inhumación, derechos de terceros y servicios adicionales. Esa presión reduce la posibilidad de comparar precios, revisar cláusulas o distinguir lo indispensable de lo opcional”.
Ante ello, añade, es necesario contar con reglas uniformes de información que permitan disminuir conflictos y proteger la confianza en el sector.
Refiere que, si bien la regulación vigente exige contratos registrados y contiene obligaciones de información, la experiencia de consumo muestra riesgos que merecen una protección legal expresa: “presupuestos globales sin desglose, adición de conceptos no autorizados, condicionamiento de un servicio básico a la compra de bienes del mismo proveedor y retención de cenizas o documentos como mecanismo de presión por una controversia de pago”.
Indica que de aprobarse esta iniciativa se lograría determinar que antes de la contratación del servicio, deberán entregar gratuitamente un presupuesto escrito o electrónico con los bienes y servicios básicos, los conceptos opcionales, los impuestos o derechos pagados a terceros y el precio total.
Aclara que el proveedor conserva las vías legales de cobro y puede exigir el pago en los términos contratados; “lo que no puede hacer es convertir elementos ligados a la dignidad de la persona fallecida y al duelo de la familia en garantía de hecho”.
La legisladora concluye que el principal ajuste consiste en ordenar el presupuesto de manera desglosada, registrar el consentimiento y eliminar prácticas de condicionamiento o retención. “Son medidas organizativas que no requieren infraestructura pública adicional”.
La iniciativa se turnó a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad para dictamen.
