La Secretaría del Medio Ambiente (SEDEMA) capitalina, a través de la Dirección General de Calidad del Aire, publicó hoy jueves 28 de diciembre en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Programa de Verificación Vehicular Obligatorio para el primer semestre de 2024, el cual entrará en vigor el próximo 2 de enero y tendrá vigencia hasta el 30 de junio de 2024.
Este Programa de Verificación Vehicular, cuyo propósito es el de mejorar la calidad del aire, proteger la salud de las personas, el medio ambiente, así como reducir las consecuencias del cambio climático y calentamiento global, mantiene las condiciones de verificación de emisiones de los automotores, así como del incentivo “00” que se entregue al usuario y el costo por los servicios de verificación vehicular que presten los Verificentros para todo tipo de Constancia de Verificación (Holograma “0”, “1”, “2”, Rechazo y Evaluación Técnica), que es de 677 pesos, monto que se actualizará para inicios de febrero del 2024, conforme el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) publique el ajuste a la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
El monto de la multa por verificación vehicular extemporánea, por circular emitiendo ostensiblemente humo negro o azul o por no contar con verificación vehicular vigente y/o circular en día u horario restringido, es de 20 veces la Unidad de Medida y Actualización, equivalente a 2 mil 75 pesos, tarifa que también se mantendrá hasta en tanto entre en vigor la actualización de la UMA en 2024.
El Aviso por el que se da a conocer el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el primer semestre del año 2024 se puede consultar en la página de la Secretaría del Medio Ambiente:www.sedema.cdmx.gob.mx/storage/app/media/GacetaOficialCDMX/GacetaOficial28De%20Diciembre2023.pdf.
El calendario de verificación de los vehículos matriculados en la Ciudad de México seguirá aplicándose de acuerdo con el color del engomado de circulación o al último dígito numérico de las placas de circulación de la unidad:
Color del engomado de circulación del vehículo | Último dígito numérico de la placa de circulación | Período en que se deberá verificar |
Amarillo | 5 ó 6 | Enero y febrero |
Rosa | 7 ó 8 | Febrero y marzo |
Rojo | 3 ó 4 | Marzo y abril |
Verde | 1 ó 2 | Abril y mayo |
Azul | 9 ó 0 | Mayo y junio |
Para poder llevar a cabo la verificación vehicular correspondiente es necesario no tener adeudos de tenencia e infracciones.
Los vehículos nuevos o usados que se registren por primera vez en la Ciudad de México, deberán ser verificados dentro de los 180 días naturales, contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta de circulación.
Los vehículos ya matriculados en la Ciudad de México, que realicen cambio de placa, deberán ser verificados dentro de los 180 días naturales contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta de circulación.
Cabe mencionar que el plazo para utilizar el pago de la multa por verificación vehicular extemporánea es de 30 días naturales, contados a partir del día siguiente al pago de ésta, siendo el tiempo que se tiene para poder realizar y aprobar la verificación vehicular del automotor.
El programa incorpora la electromovilidad en vehículos ligeros de la Ciudad de México a través del Programa de Autorregulación Ambiental, para que las empresas que se encuentren interesadas se incorporen al mismo, y obtengan los beneficios de exentar la verificación vehicular obligatoria y de las restricciones a la circulación establecidas por los programas Hoy No Circula y de Contingencias Ambientales Atmosféricas.