COMPARTIR

Loading

Por Adriana Noriega R.

 

Al entrar en vigor la modificación al artículo 78 Ley General de Vida  Silvestre que consiste en  prohibir la utilización  de animales entre ellos los circos, en este marco el titular de PROFEPA Guillermo Haro Velches aclaró que esta normatividad no obliga a los dueños a deshacerse o sacrificarlos con lo cual, en caso de matarlos es incurrir en  un delito grave.

 

Y aclaró que “hecho pueden conservarlos e incluso exhibirse pero no para espectáculos”.

Haro Vilches dijo que hasta el momento no se tiene registro de sacrificio de animales como se manifestó en redes sociales. De esta forma la PROFEPA respondió a las opiniones que se vertieron en redes so liarla satanizando las modificaciones a la Ley General de Vida Silvestre.

 

Cabe destacar que hay 16 entidades incluido el Distrito Federal en los que ya se prohíbe el uso de animales silvestres en circos, y el resto de las entidades falta adecuar sus legislaciones para que entre en vigor.

 

Dentro de las estadísticas que mencionó nHaro Velches, se encuentran que, de abril de 2013 a la fecha se han inspeccionado 75 de los 199 circos de los cuales se aseguraron 136 de mil 46 animales verificados. “ no hay presencia de un circo pirata que este en funciones y que haya algún circo que no este en verificado por PROFEPA o SEMARNAT además de que hay una sanción de de 50  a 50 mil salarios mínimos .”

 

Por su parte el subsecretario de gestión ambiental para la SEMARNAT Rafael Pacchiano señaló que los dueños de los circos tienen derechos de quedarse con los animales, pero no utilizarlos para espectáculos, agregó que “tenemos un inventario de 511 animales que tienen 77 circos funcionando y hasta el momento no han recibido algún tipo de caso de sacrificio”.