COMPARTIR

Loading

< El documento, enviado por la Comisión Permanente, será analizado por la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Sergio Gutiérrez Luna, en funciones de presidente de la Comisión Permanente, remitió a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados iniciativa de la titular del Poder Ejecutivo Federal, Claudia Sheinbaum Pardo, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes General de Desarrollo Social, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de Contabilidad Gubernamental.

La iniciativa, enviada a través de la Secretaría de Gobernación (Segob), expone que el propósito es realizar las reformas legales necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo Transitorio Segundo del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación orgánica”, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 20 de diciembre de 2024.

Busca avanzar en el proceso de armonización y garantizar que la transferencia de funciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) se realice de manera efectiva, mediante un marco jurídico que permita al Instituto asumir estas nuevas funciones sin afectar su autonomía ni la calidad de su labor técnica; no solo elimina duplicidades y optimiza los recursos del Estado, sino que también fortalece las capacidades técnicas del INEGI.

Las modificaciones que se proponen, añade, establecen el alcance de las facultades y obligaciones que ahora competen al INEGI para la medición de la pobreza y la evaluación integral de la Política de Desarrollo Social, así como para emitir recomendaciones e instaurar las formas de coordinación con las autoridades de los tres órdenes de gobierno, y se armoniza a detalle su contenido con lo dispuesto en la reforma constitucional.

Menciona que, en materia de medición de la pobreza, se mantienen sin cambios las referencias de alcance, contenido y temporalidad de la medición, a fin de generar certeza respecto a la continuidad de las series estadísticas históricas y la comparabilidad de las mediciones subsecuentes.

En tanto, en materia de evaluación se propone delimitar el ámbito de competencia del INEGI para la evaluación integral de la Política de Desarrollo Social, de las tareas propias del Sistema de Evaluación del Desempeño (SED) que corresponde a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) y la Ley de Planeación (LP).

Además, se define el contenido de la Política de Desarrollo Social, la cual es el conjunto de programas, proyectos y acciones tendientes a reducir las brechas de desigualdad, pobreza, rezago y exclusión social, que potencian y garantizan el desarrollo sostenible y con equidad.

En este sentido, modificar la Ley General de Desarrollo Social permite preservar los objetivos y las materias reguladas por la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica y, con ello, evitar discordancias entre la producción de información estadística y geográfica y la evaluación integral de la Política de Desarrollo Social, así como la medición de la pobreza, que utiliza dicha información como insumo.

Se modifica la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a efecto de eliminar las referencias a las disposiciones relacionadas con la evaluación que realizará el INEGI, a fin de que esta evaluación se refiera exclusivamente al Sistema de Evaluación del Desempeño.

También, se reforma la Ley General de Contabilidad Gubernamental para armonizarla con las modificaciones a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a efecto de que la participación del INEGI se refiera a la evaluación de la Política de Desarrollo Social y no la relativa al Sistema de Evaluación del Desempeño.