El Instituto Nacional Electoral (INE) debe realizar la consulta de revocación de mandato ajustándose al presupuesto que le asignó el Congreso de la Unión para el siguiente año, de lo contrario, caería en responsabilidades penales, así lo determinó el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Fernando Franco González Salas.
“Es improcedente la suspensión respecto a que el Instituto Nacional Electoral no tenga que hacer ajustes a su presupuesto, como se prevé en el artículo cuarto transitorio del decreto por el que se expidió la Ley Federal de Revocación de Mandato”, señala la página de notificaciones del Máximo Tribunal.
Además, la Suprema Corte estableció que tampoco es procedente eximir al Instituto y a su personal de sanciones administrativas, penales o de diversa índole en caso de que lleguen a incumplir con su responsabilidad legal, al menos hasta que no resuelva de forma definitiva.
Sin embargo, lo que sí autorizó fue lo referente a cómo se debe calcular las remuneraciones de los funcionarios del INE, por lo que podrán mantener los salarios y prestaciones que perciben tal como lo marca la Ley.
Cabe recordar que la semana pasada, el INE interpuso una controversia constitucional ante la Suprema Corte en contra del Presupuesto de Egresos de la Federación del próximo año, debido a que se le recortaron 4,913 millones de pesos de lo que había solicitado.
Ante esta situación, el Instituto aseguró que su operación está en riesgo, en particular, la realización de la consulta de revocación de mandato toda vez que requiere de 3,830 millones de pesos para llevarla a cabo; por lo que -dijo- se defendería por la vía jurídica..
“Frente al recorte, el Consejo General del INE tomará las decisiones institucionales que considera adecuadas y promoverá las acciones jurídicas a las que tiene derecho en el marco de nuestra Constitución y nuestras leyes”, aseveró el consejero presidente del INE en un video publicado en su cuenta de Twitter el pasado 14 de noviembre.
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