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• Se llegó a la conclusión de que el sujeto obligado es competente para conocer de lo solicitado, dada la intervención que realiza en materia de relaciones políticas bilaterales de México con los países y organizaciones de su competencia, aseguró Adrián Alcalá Méndez

• La SRE indicó que era incompetente para conocer de la petición y señaló a la Guardia Nacional como la instancia que podría conocer sobre lo requerido por el particular

La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) debe proporcionar el documento mediante el cual se notificó a la Administración para el Control de Drogas (DEA por sus siglas en inglés) el cierre de la Unidad de Antinarcóticos o Unidad de Investigación Sensible en México, resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

El asunto es de alta importancia para nuestro país, toda vez que se refiere al cierre de la Unidad Antinarcóticos o Unidad de Investigación Sensible en México, señaló el Comisionado Adrián Alcalá Méndez al presentar el asunto ante el Pleno.

Una persona requirió a la Secretaría de Relaciones Exteriores el documento mediante el cual se notificó a la DEA el cierre de la Unidad de Antinarcóticos o Unidad de Investigación Sensible en México, señalada por el Titular del Ejecutivo federal en la conferencia matutina del pasado 22 de abril.

En respuesta, la SRE indicó que era incompetente para conocer de la petición y señaló a la Guardia Nacional como la instancia que podría conocer sobre lo requerido por el particular.

La Secretaría agregó que la Guardia Nacional, a través de la Dirección General de Inteligencia, se encarga de implementar los procedimientos de intercambio de información policial entre la institución y las agencias extranjeras, con base en instrumentos de carácter internacional, cuyos datos sean materia de investigación; así como de la persecución de delitos ordenados por autoridades competentes y de aplicar este mecanismo de comunicación con las agencias policiales extranjeras representadas ante dicha institución, a fin de privilegiar las tareas de cooperación internacional en materia de intercambio de información.

Inconforme por la incompetencia invocada por la SRE, el particular presentó un recurso de revisión ante el INAI.

Durante la tramitación del recurso de revisión, la SRE reiteró su incompetencia y agregó que la Unidad de Investigaciones Sensibles pertenecía a la extinta Policía Federal, ahora Guardia Nacional, la cual se caracterizaba por ser un grupo de élite, operaciones y de espionaje, creado, aprobado y financiado por la DEA.

En el análisis de la ponencia a cargo del Comisionado Adrián Alcalá Méndez se advirtió que el Titular del Ejecutivo federal señaló que, en efecto, se llevó a cabo el cierre de la Unidad de Investigaciones Sensibles a raíz de determinaciones de política internacional que ha implementado el Gobierno federal. Asimismo, de manera específica, el Titular del Ejecutivo Federal refirió que es el Secretario de Relaciones Exteriores el que, en este caso, conoce de estas relaciones con otros países de cooperación de carácter internacional y de las oficinas que se puedan encontrar en el territorio nacional.

“A partir de lo mencionado, se llegó a la conclusión de que el sujeto obligado es competente para conocer, en sus archivos, de lo peticionado por el particular dada la intervención que realiza en materia de relaciones políticas bilaterales de México con los países y organizaciones de su competencia”, asentó.

El Comisionado Alcalá Méndez señaló que se pudo determinar que, a través de la oficina del Secretario, pero también de la Jefatura de la Unidad para América del Norte y la Dirección General de Asuntos Especiales, se elaboran análisis e informes políticos de aquellas cuestiones y acontecimientos con los Estados Unidos de América y Canadá que tengan por efecto involucrar o afecten los intereses de México en materia de relaciones de seguridad y de cooperación.

Lo anterior, dijo “refuerza el hecho de que el sujeto obligado, sin duda, puede conocer de lo solicitado y, en su caso, pronunciarse sobre lo que el particular requirió en la solicitud de origen”, aseveró.

“Ahora bien, de manera específica, en atención a la solicitud, la SRE informó que la cooperación bilateral con los Estados Unidos de América se realiza en estricto apego a la soberanía territorial, pero también jurisdiccional del territorio mexicano y que las actividades de los agentes extranjeros únicamente se limita a servir de enlace para intercambio de información con las autoridades mexicanas que se deriva en diferentes aspectos de cooperación internacional en los que los mismos participan”, refirió.

Alcalá Méndez explicó que en el proyecto “se puede advertir que, para México, el cierre de una oficina como la Unidad de Investigación Sensible, como lo pidió el particular, evidencia el estado que guardan las relaciones de cooperación entre México y los Estados Unidos de América y las acciones que actualmente se encuentra implementando el Gobierno federal, a través del titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores, para combatir algunas de las grandes redes del crimen organizado en el mundo”.

Por lo anterior, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la Secretaría de Relaciones Exteriores, a efecto de que asuma competencia y dé respuesta a la solicitud de mérito conforme a lo que en Derecho corresponda.