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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, por unanimidad de votos, la sentencia de la Sala Regional Especializada por la cual sancionó a Delfina Gómez Álvarez, y a la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján, por el discurso que emitieron en el evento denominado “5 años del triunfo democrático”.

El caso se originó por la denuncia que interpuso una ciudadana en contra, entre otras, de las referidas personas porque, a juicio de la denunciante, la participación que tuvieron en el evento constituía una falta o infracción en la materia electoral, entre otras, la promoción personalizada en favor de un tercero.

A propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, la Sala Superior, en sesión pública presencial, determinó revocar la sentencia de la Sala Regional Especializada, órgano que tuvo por acreditada la infracción mencionada por parte de dichas ciudadanas.

Se argumentó que la Sala Regional Especializada no consideró que, al momento de los hechos denunciados, Delfina Gómez Álvarez no era gobernadora electa ni se encontraba en un gobierno de transición, por lo cual no se le podía acreditar la infracción en calidad de servidora pública.

Por otra parte, que las manifestaciones de la secretaria de Gobernación fueron acordes con la naturaleza del evento, pues se trató de un ejercicio de rendición de cuentas, además de que se encontraban amparadas en su libertad de expresión y son cuestiones que forman parte del debate público.

En consecuencia, se revocó la sentencia y las vistas ordenadas al Congreso del Estado de México y a la Presidencia de la República. Asimismo, se dejó sin efecto la instrucción de publicar la sentencia en el catálogo de sujetos sancionados (SUP-REP-734/2024) y acumulado.