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Adriana Noriega R.-     

 

«En nuestro  país  sólo 16 de las 32 entidades federativas ha tipificado como delitos el acoso sexual, mientras que en el caso de  hostigamiento sexual   solo en 25 estados, en la materia a nivel nacional se ha legislado el 57% para penas mínimas y el 36% para penas máximas,  lo que indica un rezago lacerante, es urgente dar garantías de bienestar social a las mexicanas”, señaló la Vice coordinadora de proceso legislativo del grupo parlamentario del PAN en cámara de diputados, Eloísa Talavera Hernández.

 

La también Secretaria de la Comisión de Seguridad Social informó que de acuerdo con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el acoso sexual es “una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.”

 

Indicó que en cuanto a los agravantes, en el Estado de Baja California Sur no se tienen contemplados en la legislación; mientras que, en  Nayarit es el único que no refiere que si el acosador es servidor público recibirá una pena mayor, así como la destitución e inhabilitación del cargo; el estado de Veracruz coloca como perjuicio del delito de acoso sexual la subordinación de la víctima frente al acosador.