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Para garantizar ese derecho indistintamente del sexo del beneficiario y del asegurado, el senador priista, Miguel Romo Medina propone reformar la Ley del Seguro Social.

Ante el Pleno de la Comisión Política Permanente (CPP), explicó que actualmente esa figura jurídica “atiende a una representación social sesgada por los roles y estereotipos de género”.

Es decir, se establece que sólo tendrán acceso a ese derecho quien fue esposa del asegurado, la mujer con quien vivió como si fuera su marido o con la que hubiera tenido hijos.

“La norma reconoce el derecho a la pensión por viudez, sin embargo, realiza una distinción genérica sin necesidad sustancial que, por el contrario, limita a los beneficiarios varones a gozar de una pensión, sin argumentos jurídicos de fondo”, acotó Romo Medina.

Por lo anterior, reformar las fracciones II del artículo 64 y III del artículo 84, así como el artículo 130 de la Ley del Seguro Social, a fin de que a la viuda, viudo, concubina o concubinario de la persona asegurada se le otorgue una pensión equivalente al 40 por ciento de la que hubiese correspondido a aquél, tratándose de incapacidad permanente total.

Romo Medina, destaca que con su iniciativa quedan amparados por ese seguro el cónyuge de la persona asegurada o, a falta de éste, la persona con quien ha hecho vida marital durante los cinco años anteriores a la enfermedad, o con quien haya procreado hijos, siempre que ambos permanezcan libres de matrimonio.

En caso, de que la persona asegurada tenga varias relaciones de concubinato, ninguna de ellas tendrá derecho a la protección.