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La Comisión Permanente del Congreso de la Unión declaró aprobado el decreto que reforma los artículos 55 y 91 de la Constitución Política, en materia de edad mínima para ocupar un cargo público.

El presidente de la Mesa Directiva, senador Alejandro Armenta Mier (Morena), expresó: “A efecto de dar cumplimiento a lo que establece el artículo 135 de la Constitución Política, y una vez computados los votos aprobatorios de la mayoría de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión declara aprobado el decreto que reforma los artículos 55 y 91 de la Constitución Política, en materia de edad mínima para ocupar un cargo público. Se remite al Diario Oficial de la Federación para su publicación”.

Previamente, la secretaría de la Mesa Directiva informó que se recibieron 19 votos aprobatorios correspondientes a las legislaturas de Baja California, Campeche, Coahuila de Zaragoza, Colima, Chiapas, Durango, Guanajuato, Estado México, Morelos, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Zacatecas y la Ciudad de México.

La reforma establece en el artículo 55 que para ser diputado se requiere tener 18 años cumplidos el día de la elección, y en el artículo 91 precisa que para ser secretario de Estado se requiere ser ciudadano mexicano por nacimiento, estar en ejercicio de sus derechos y tener 25 años cumplidos.