La suspensión de oficio se concedió según lo previsto en la Ley de Amparo, que así lo establece cuando este recurso se interpone contra actos que impliquen privación de la vida, ataques a la libertad, deportación o extradición, entre otros.
El Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal de la Ciudad de México concedió a Joaquín Guzmán Loera, alias El Chapo, una suspensión de plano, resolución que se da a unas horas de que sus abogados interpusieron dos demandas de amparo.
En entrevista radiofónica, Andrés Granados, integrante del equipo de abogados de Guzmán Loera, explicó que con la resolución del juez José Díaz de León Cruz, su cliente no podrá ser extraditado a Estados Unidos hasta en tanto no concluyan los juicios, proceso que podría tardar de 6 meses hasta tres años.
«La suspensión de plano la otorga el juez porque tal vez hasta ahorita no cumplimenta la orden de extradición, no puede ser extraditable porque él no lo da a su parecer, casi cuando se otorgan amparos, para proteger al ciudadano en este caso al señor Joaquín, le otorga la suspensión de plano, pudo ser una suspensión provisional, pero afortunadamente la dio de plano, esto es muy benéfico para el señor Guzmán y para su defensa».
Dentro de juicios de amparo 561 y 562/2016, el juez ya pidió a la Secretaría de Relaciones Exteriores los informes previos justificados, ello con el fin de determinar si concede o niega las suspensión definitiva a El Chapo Guzmán.
El líder del Cartel de Sinaloa es requerido en Estados Unidos para que sea procesado ante una Corte Federal de Distrito de Texas, por los delitos de asociación delictuosa, contra la salud, delincuencia organizada, posesión de armas, homicidio y lavado de dinero, y ante una Corte de Distrito del sur de California, por el cargo de asociación por importar y poseer con la intención de distribuir cocaína.
mvs