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• Los juegos y sorteos deben ser debidamente reglamentadas para evitar corrupción y manejos de recursos de procedencia ilícita: Diputado Marco Hernández

Con 421 votos a favor, el Pleno camaral aprobó en sesión semipresencial incrementar las penas a quienes practiquen juegos, apuestas o sorteos prohibidos o sin permiso de la Secretaría de Gobernación. Para ello propone aumentar de seis meses a nueve años de prisión y multa de 1 a 10 mil Unidades de Medida y Actualización.

El dictamen de la Comisión de Gobernación y Población que modifica los artículos 12, 13 y 17 de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, contempla dos iniciativas presentadas por el diputado José Salvador Rosas Quintanilla el 14 de agosto de 2019 y del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, el 18 de noviembre de 2020.

Al dar el posicionamiento del PAN, el diputado Marco Antonio Hernández Arellano agregó que estas actividades que involucran los juegos y sorteos deben ser debidamente reglamentadas para evitar corrupción y manejos de recursos de procedencia ilícita.

Recordó que se han desmantelado diversos casinos clandestinos, como por ejemplo en Jalisco, en Puebla, Chihuahua, Quintana Roo y Nayarit, por decir de algunos.

“En estos centros de juegos de apuestas y sorteos que de manera clandestina están operando, para evitar cualquier clase de abuso o ilegalidad que se cometa en estos espacios, donde las garantías de obtención de premios y las reglas del juego estén definidas de forma explícita y sean de acceso general a los y las participantes”, afirmó el diputado panista en sesión.

La propuesta presentada, incrementa las sanciones para las personas que alquilen un local para tales fines, así como a quienes asistan a un local donde se juegue en forma ilícita, para ello propone aumentar de tres meses a seis años de prisión y multa de 1 a 5, 700 Unidades de Medida y Actualización.

Finalmente, se precisa que las infracciones a la presente Ley que no constituyan delitos, a sus reglamentos o a las disposiciones que dicte la Secretaría de Gobernación, serán sancionadas por la misma Secretaría, con multa de una a diez mil Unidades de Medida y Actualización o arresto hasta por 36 horas, pudiendo revocarse en su caso el permiso y clausurarse el establecimiento si las infracciones son graves o frecuentes.