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En sesión semipresencial se dio cuenta de la recepción de 18 votos aprobatorios de las legislaturas de: Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Coahuila de Zaragoza, Durango, Guerrero, Hidalgo, México, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco, Yucatán, Zacatecas, y de la Ciudad de México.

La reforma al artículo 108 de la Carta Magna precisa que “durante el tiempo de su encargo, el Presidente de la República podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano o ciudadana”.

Mientras que la reforma al artículo 111 constitucional, menciona que “para proceder penalmente contra el Presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable”.

El decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Al respecto, la diputada Aleida Alavez Ruiz (Morena) dijo que el fuero es, según su génesis, un apoyo que se confiere a determinados servidores públicos para salvaguardarlos de eventuales acusaciones sin fundamento, así como para mantener el equilibrio entre los poderes del Estado dentro de un régimen democrático.

“El Presidente de la República es un servidor público sujeto al escrutinio de la sociedad y en consecuencia puede ser investigado y en su caso procesado como cualquier ciudadano. Para hacer esto realidad, se ampliaron a todos los delitos los supuestos por los que el Presidente puede ser acusado durante su mandato. Ya no hay una protección insuperable”.

La reforma no implica la desaparición del fuero

El diputado Marcos Aguilar Vega (PAN) afirmó que esta reforma no implica la desaparición del fuero. “La declaratoria de procedencia, en caso de ser necesario que el Ministerio Público impute delitos al Presidente, realmente permanece intocado”.

Señaló que el haber echado a andar el complejo aparato constitucional en esta ocasión tuvo como objetivo hacer una aclaración más bien inocua sobre los delitos que pudiesen implicar responsabilidad penal del presidente. Ciertamente nuestro grupo parlamentario votó a favor de dicha reforma, pero hicimos patente que no se estaba eliminando el fuero, expresó.

Del PRI, la diputada Cynthia Iliana López Castro manifestó que esta reforma constitucional debe ser el paso para lograr eliminar por completo cualquier viso de desigualdad e impunidad en nuestra Constitución. “Quien cometa un delito en este país, no importa el nombre ni el cargo, tendrá que ser juzgado”.

Indicó que esta modificación elimina muchas de las cuestiones, ya que el Presidente de la República estará sujeto ante la ley por diversos delitos. “Se acabó aquel fuero donde los diputados eran intocables, donde los políticos gozaban de ciertos privilegios; hoy seremos juzgados al igual que toda la ciudadanía”.

No más ciudadanos de primera y segunda

Del PRD, la diputada Mónica Bautista Rodríguez expresó su convicción de que el fuero no debe ser un impedimento para poder juzgar penalmente a los servidores públicos que cometan algún delito. Señaló que esta “es una reforma demagógica y sin mayor trascendencia en el ejercicio del Poder Ejecutivo”.

Dijo que mientras el procedimiento para fincar responsabilidades penales al Presidente dependa de una mayoría en el Congreso, como la que hoy nos rige, y no sea una potestad de una fiscalía autónoma con suficiente libertad para realizar las investigaciones que considere pertinentes, el procedimiento penal en contra de un Presidente en funciones no tiene ninguna posibilidad.

Son modificaciones históricas que atienden el reclamo social