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• Establece la suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público

La Comisión Permanente del Congreso de la Unión emitió la declaratoria de aprobación del decreto que reforma y adiciona los artículos 38 y 102 de la Constitución Política, en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público, denominada como “3 de 3 contra la violencia”.

El presidente de la Mesa Directiva, senador Alejandro Armenta Mier (Morena), dijo: “A efecto de dar cumplimiento a lo que establece el artículo 135 la Constitución Política, y una vez que se han computado los votos aprobatorios por la mayoría de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión declara aprobado el decreto que reforma los artículos 38 y 102 de la Constitución Política, en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público. Se remite al Diario Oficial de la Federación para su publicación”.

Previamente, la secretaría de la Mesa Directiva informó que se recibieron 23 votos aprobatorios de las legislaturas de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila de Zaragoza, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Estado de México, Morelos, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán, Zacatecas y de la Ciudad de México.

La reforma establece que se suspenden los derechos o prerrogativas de los ciudadanos al tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual, por violencia familiar, familiar equiparada o doméstica y violación a la intimidad sexual y violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.

Asimismo, por ser declarada persona deudora alimentaria morosa. En esos supuestos, la persona no podrá ser registrada como candidata a cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para algún empleo, cargo o comisión en el servicio público.

Además, incorpora un lenguaje inclusivo y de mayor precisión en los requisitos para ser titular de la Fiscalía General de la República.