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elcristalazo.com

Teodosio significa etimológicamente “Don de Dios”.

He recordado ese nombre porque en los tiempos recientes de embestida contra los medios –los tradicionales y los de reciente tecnología digital en medio del escarnio y la amenaza–, me vino a la memoria la obra del político y jurista santanista y monárquico Don Teodosio Lares quien se desempeñó en los años de su “Alteza serenísima” como ministro de Justicia, Negocios Eclesiásticos e Instrucción Pública.

¿Cuál podría ser el motivo de evocar ahora a tan singular personaje, con todo y la Gran Cruz de la Nacional y Distinguida Orden de Guadalupe otorgada a sus méritos por una obra jurídica notable conocida como “Ley Lares” promulgada por Antonio López de Santa Anna el 25 de abril de 1853 cuyo único afán era controlar la in formación pública?

Todos lo conocemos. El disfraz del preconizado interés por defender a las “audiencias”; la intención manifiesta en tiempos desconocidos para el ya dicho Lares (hoy ya tiene tiene similares); la políticamente correcta patraña “woke” de la defensa de las audiencias”. Para Teodosio, controlar y en caso necesario suprimir a los periodistas cuando la supresión no implicaba defunción sino aleja miento, destierro o multa impagable.

En aquel tiempo no había redes ni –como dice con infinita elocuencia la señora Alcalde–, “ecosistemas digitales”.

Por desgracia la palabra suprimir se ha impuesto ahora en demasiados casos de periodistas asesinados sobre lo cual no es ahora necesario insistir. Luego veremos las otras formas de supresión, en la ley ya comentada, cuyo texto ofrecía hartas variantes y tenía muchas características. Qué los muertos entierren a sus muertos, dice el buen libro. Ya veremos luego.

Santa Anna aplicó formas verdaderamente selváticas de control de la información, cuyos salvajes contenidos sólo fueron abolidos cuando Ignacio Comonfort derogó la ley Lares y expresamente prohibió la censura. Pero los tiempos tienen ciclos.

Había cosas terribles en aquellos años. Todas amparadas por leyes inconsultas y de autoritarismo vertical. Casi como ahora.

Por ejemplo: los dueños de las imprentas tenían obligación de registrarse con nombres y domicilios en las oficinas del gobierno (no tenían teléfonos celulares, pero de haber existido, también los habrían forzado al registro doble o triple).

Se exigía a los editores un depósito económico muy alto; cuyo monto se depositaba en el Nacional Monte de Piedad y si un periódico publicaba algo fuera de orden (según el concepto ordenador del gobierno), se confiscaba ese dinero, ya fuera total o parcialmente. La multa se cobraba –obviamente– sin apelación posible. Discrecionalmente y a fortiori.

Ahora las multas no excederán el uno, por ciento de los ingresos anuales de las empresas capaces de ignorar el código moral, la defensa del quejoso ya sea por un lamento espontáneo o por la teledirección de un partido político capaz de hacer de este recurso herramienta para sus imposiciones. Podría darse el caso. Y conste, todo esto es una hipótesis; ni siquiera una opinión, mucho menos información.

Otra belleza del magín de Don Teodosio, quien entre otras cosas fue además ministro de Justicia en las presidencias de Félix María Zuloaga y Miguel Miramón; ministro del Tribunal Supremo de Justicia de la Regencia y presidente de la Junta Superior de Gobierno durante la intervención francesa y presidente del Tribunal Supremo de Justicia en el imperio de Maximiliano de Habsburgo, era la prohibición del anonimato. Todo escrito debería contener el nombre y la dirección del autor (no había teléfonos ni cuentas de Instagram, X o plataformas. Si hubieran existido, también).

No establecía aquella ley –sin radio ni televisión: internet o comunicación satelital–, el deber de explicar si se informaba o se opinaba o si el gatito era gris o el morrongo era amarillo.

Eso ya vino en tiempos más cercanos porque de seguro la capacidad social de discernimiento y apreciación de las cosas ha menguado considerablemente. Ahora ya es necesario explicarle al pueblo necesitado de claridad, si la lista no es la lista o la visa no es la visa.

Otra de las maravillas de don Teodosio y sus dones divinos, era la catalogación como delito para toda aquella información o publicación, considerada (otra vez por el gobierno), atentatoria al orden establecido, lesiva al decoro de los funcionarios públicos o los dogmas de la Santa Madre Iglesia y la moral.

No se llegaba al extremo de obligar a la codificación de la ética por parte de las empresas, lo cual implica tantas éticas y tantos códigos como compañías concesionarias de frecuencias emisoras en el radioespectro espacial de la patria; ni a nombrar a un defensor –de la misma compañía—para emular a San Jorge frente al temible dragón de la calumnia, la falsedad y la mentira.

En este galimatías la empresa alevosa hace su propio código y designa al abogado defensor (ombudsman del público, le llaman) de aquellos a quienes supuestamente va a herir cuando él mismo no aplique su ordenamiento ético. Yo lo hago; yo lo violo, yo nombró al defensor y luego le pido que actúe en mi contra. Y si así no lo hiciere, entonces la H. Comisión de radiodifusión actuará con toda energía punitiva.

¿Dónde estás, dónde estas Teodosio?

Esta última línea debe leerse con apoyo musical de la bonita canción ¿dónde estás, donde estás Yolanda; de preferencia en la versión de la Sonora Santanera… ¿Dónde estás dónde estás, Yolanda? ¿Qué pasó, qué pasó, Yolanda? Te busqué, te busqué, Yolanda. Y no estás, y no estás, Yolanda.”

Pero como la niña musical no aparece, sigamos con las aportaciones jurídicas de la Ley Lares.

En caso de violaciones de grave consideración, las imprentas y talleres gráficos podrían ser decomisados y sus publicaciones suspendidas en forma definitiva. No tiene caso ahora dar ejemplos ni recordar aquellos versos de Huerta: el que a Filomeno mata a Filomeno muere. Eso fue después.

Las penas extremas ya eran francamente crueles. Los periodistas, intelectuales o políticos sospechosos de conspiración (en aquel tiempo en papel; ahora en la blogósfera o el enjambre digital llamado también “ecosistema”) eran exiliados al extranjero o enviados a zonas de mal clima para mermar su salud con fiebres palúdicas o males parecidos.

Era algo así como el “Gulagtzin”. Y ya escucho una voz sigilosa que me dice: no les des ideas…

En un caso extremo (ignoro si alguna vez se llegó a tal grado), los civiles acusados de conspiración política podían ser juzgados por cortes militares tras el respectivo decreto de emergencia y terminar sus días en el paredón, pero sin Cabaña ni “Che” Guevara.

Obviamente para desterrar tan funestas prácticas fue necesaria una nueva ley: la Ley Lafragua por la cual la libertad de imprenta regresó temporalmente al país.

La lucha ha sido larga. Y sigue.

Ayer la presidenta (con A) dispuso el retiro de los nombres de periodistas en futuros análisis sobre la operación y los mecanismos antigubernamentales del ecosistema digital”, con lo cual descolocó a la asesora jurídica presidencial, Luisa María Alcalde quien la semana pasada presentó una lista que no es una lista.

Obviamente LMA, jamás habría actuado sin el encargo y consentimiento presidencial. Hasta donde sabe la revolucionaria consejera no se manda sola.

No ha habido daño alguno (por la difusión nominal de los opositores) ¡Ah!, bueno entonces esperemos consecuencias graves.

¿Dónde estás, Teodosio?

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