Por Adriana Noriega R.
Con el voto en contra del PRD, Movimiento Ciudadano, Partido del Trabajo y Morena, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó por 288 a favor 82 en contra y nueve abstenciones en lo general de la minuta del senado de la república que reforma la Ley de Armas de Fuego y Explosivos.
El diputado priista integrante de la Comisión de Defensa Nacional Fernando Donato de las Fuentes, expuso los argumentos de la minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, cuyos objetivos consisten fundamentalmente en lo siguiente:
Reformar la Ley de Armas de Fuego para que el Estado mexicano, bajo el principio de reciprocidad internacional esté en posibilidades de implementar acuerdos internacionales de cooperación aduanal y migratoria.
Fortalecer los procesos de cooperación migratoria y aduanera en México con el resto del mundo para hacer más eficiente el flujo de personas y mercancías.
Establecer reglas claras para atender las necesidades especiales de seguridad que requieren los jefes de Estado o de gobierno, ministros o equivalentes, en visitas de alto nivel que realizan a nuestro país de la misma forma que se hace en otros países para recibirnos.
Aseguró que los argumentos van de la mano con las reformas aprobadas en octubre de 2013 a la Ley Aduanera y que fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 9 de diciembre de este mismo año. En esa ocasión se señaló como objetivo establecer instrumentos para mejorar los procedimientos aduaneros con la finalidad de hacer más eficiente el comercio exterior de nuestro país.
La propuesta de modificación legal a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, establece supuestos específicos que son necesarios como complemento para la consecución de beneficios sociales y económicos para el país.
El priista dijo que “bajo un marco legal claro, con base en el principio de reciprocidad se pretende permitir la aportación de armas de fuego a los siguientes funcionarios:
A funcionarios aduaneros mexicanos que desempeñen sus actividades en el extranjero y a funcionarios aduaneros extranjeros que se desempeñen en puntos de revisión aduanal en el territorio mexicano”.
También en el caso de funcionarios de migración mexicanos que desempeñen su actividad en el extranjero y a funcionarios de migración extranjeros que participen en la revisión migratoria en territorio mexicano.
Al personal de seguridad mexicano que acompañe a funcionarios en visitas de alto nivel a otros países y correlativamente al personal de seguridad extranjero que acompañe en México a funcionarios de alto nivel provenientes de otros países o de organismos internacionales que por la naturaleza de sus funciones o de su envestidura requieren de mecanismos especiales de protección y de seguridad.
Los permisos extraordinarios de ingreso y portación de armas de fuego que otorgue la Secretaría de la Defensa Nacional a servidores públicos extranjeros de aduana y de migración tendrán las siguientes restricciones:
El arma autorizada corresponde a la que el funcionario extranjero utiliza como arma de cargo en instalaciones de su país de origen, la cual sólo podrá ser un revolver o una pistola de funcionamiento semiautomático con calibre máximo de 40 milímetros o su equivalente.
La portación sólo podrá realizarse en el local o instalación en el que el funcionario extranjero desempeñe sus actividades, es decir las armas de los agentes extranjeros quedarán resguardadas en su lugar de trabajo. El permiso tendrá una vigencia de seis meses con la posibilidad de renovación sujeta a los mismos requisitos y restricciones para su autorización y podrá cancelarse sin perjuicio de aplicar las sanciones que procedan, en los casos que ya prevé la ley vigente para todos los permisos de portación de armas.
En el caso de los permisos extraordinarios para el personal de seguridad que acompañen en visitas oficiales a altos funcionarios estarán limitados a lo siguiente. A un revolver o pistola de funcionamiento semiautomático con calibre máximo de 40 milímetros, o su equivalente. En casos excepcionales, durante las visitas de alto nivel se podrá autorizar el ingreso y portación de otro tipo de armas siempre a juicio de la Secretaría de la Defensa Nacional que justifique la necesidad de su uso.
La vigencia del permiso será solamente por la duración de esa visita oficial. Como se puede constatar, existirá un control estricto sobre los agentes extranjeros que podrán portar armas de fuego en México con límites específicos de espacio y de tiempo.
La reforma propuesta a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, México garantizará a otros países que sus funcionarios aduaneros y migratorios cuenten en nuestro país con las condiciones idóneas de seguridad para el desempeño de sus funciones, medida que el país contraparte deberá de garantizar a los funcionarios mexicanos en el marco de los acuerdos suscritos.
Los procesos de preinspección de mercancías en las instalaciones aduaneras del país exportador, facilitarán un ingreso más expedito de los productos al país importador sin tener que someterse a una segunda revisión en el país de destino. Con ello se reducirán los costos y tiempos de las operaciones aduaneras mejorando el beneficio económico para nuestro país.
El trámite de migración anticipada incentivará el turismo e incrementará el número de visitantes internacionales a nuestro país derivado de la disminución de costos y el establecimiento de nuevas rutas.
Se harán las revisiones documentales necesarias antes de que el pasajero aborde la aeronave, situación que beneficiará a los viajeros que no tendrán que someterse a una segunda revisión al ingresar al país de destino, lo que resulta en conexiones más eficientes y menos vuelos perdidos y disminuyendo riesgos para la aviación.
Establece la preinspección de estos puntos de partida extranjeros que no tienen las características de un aeropuerto internacional, posibilitará el establecimiento de nuevas rutas con vuelos domésticos a México; establecerá reglas claras para atender las necesidades especiales de seguridad que requieren funcionarios extranjeros en visitas de alto nivel a nuestro país, otorgando más garantías para su protección y armonizando la legislación nacional con las obligaciones internacionales adquiridas por nuestro país.
Cabe ser enfáticos en que la portación de armas en conexión con la cooperación interinstitucional en materia aduanera y migratoria, están vinculados a los principios de voluntariedad, ya que los viajeros interesados en participar en el programa, lo harán de forma voluntaria al adquirir un boleto de avión o contratar un chárter.
Respecto a la soberanía, hay todo un respeto porque las autoridades aduaneras no ejercerán funciones o actos de autoridad en territorio extranjero ni podrán actuar en contra de la legislación nacional. La reciprocidad, lo que significa que las atenciones brindadas a las autoridades extranjeras, podrán ser retiradas en caso de un trato desfavorable.