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El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó un Acuerdo, por el que, en cumplimiento a la sentencia dictada por el Tribunal Electoral local en los expedientes TECDMX-JLDC-007/2022 y Acumulados TECDMX-JLDC-008/2022, TECDMX-JLDC-009/2022 y TECDMX-JLDC010/2022, se modifica la Convocatoria dirigida a las Autoridades Tradicionales representativas de los 48 Pueblos Originarios de la capital, para determinar el uso del Presupuesto Participativo 2022.

El Acuerdo fue aprobado en sesión pública virtual urgente, y la Convocatoria emitida por el IECM, es para que en cada uno de los 48 pueblos originarios que conforman el Marco Geográfico de Participación Ciudadana de la Ciudad de México vigente, de conformidad con el método que consideren en apego a sus sistemas normativos, reglas y/o formas de organización internas, procedimientos y prácticas tradicionales (usos y costumbres), que no sean susceptibles de afectar derechos humanos, ni implique algún tipo de discriminación hacia la mujer, o cualquier grupo de atención prioritaria, de común acuerdo, determinen los proyectos de obras y servicios, equipamiento e infraestructura urbana y en general cualquier mejora para su comunidad, en los que se ejecutará el Presupuesto Participativo de este año.

Durante la sesión, la Consejera Presidenta del IECM, Patricia Avendaño Durán, destacó que las sentencias derivadas de la realidad que se vive en los pueblos originarios de la capital son parte de las acciones que lleva a cabo este Instituto, para incluir en los procesos democráticos y de Participación Ciudadana a dichas comunidades que tienen prácticas y costumbres reflejadas en sus autoridades tradicionales y en su relación con las Alcaldías.

“Anteriormente, este Instituto Electoral incorporaba a los pueblos originarios en la consulta de Presupuesto Participativo y en la elección de sus representaciones ciudadanas; sin embargo, las personas que habitan en los pueblos originarios demandan cada vez más un respeto a lo que son sus derechos resguardados en la Constitución, por lo que es importante que esta autoridad avance en la construcción y perfección de mecanismos que atiendan las demandas de estos pueblos que exigen reconocimiento”, enfatizó Avendaño Durán.

Con base en las modificaciones aprobadas por unanimidad, las Autoridades Tradicionales de los pueblos originarios podrán optar por designar, de entre ellas, a la persona o personas que funjan como enlace ante la Alcaldía para la presentación del proyecto y recepción, en su caso, de las observaciones y/o su validación, y tienen hasta el 6 de junio de 2022, para presentar por escrito, mediante el Formato F1 o en el formato o documento que decidan utilizar, el proyecto en el que hayan determinado se aplique el recurso destinado al Presupuesto Participativo 2022.

A su vez, la Alcaldía validará, en un plazo no mayor a tres días hábiles, que en los proyectos que reciba no se presente alguna inviabilidad técnica, jurídica, ambiental y financiera, y durante la primera quincena de junio de 2022, notificará a la Autoridad Tradicional representativa de cada pueblo originario que se encuentre en su ámbito territorial, el resultado de la validación que realizó a los proyectos presentados.

En la Convocatoria también se indica que la Autoridad Tradicional representativa, de acuerdo con el método que determine conforme a sus sistemas normativos, reglas internas, procedimientos y prácticas tradicionales (usos y costumbres), podrá elegir un Comité de Ejecución, de seguimiento o algún órgano o autoridad que tendrá las mismas atribuciones, obligaciones y responsabilidades que la Ley de Participación Ciudadana local establece para los Comités de Ejecución de las Unidades Territoriales, por lo que deberá cumplir con las leyes y normas en materia de presupuesto participativo, especialmente, aquellas relacionadas con el ejercicio de los recursos públicos, su comprobación y vigilancia de uso y la rendición de cuentas.

Los 48 pueblos originarios que conforman el Marco Geográfico de Participación Ciudadana de la Ciudad de México vigente, son los siguientes:

Alcaldía Pueblos originarios 
    Cuajimalpa de Morelos   San Lorenzo Acopilco  San Mateo Tlatenango  San Pablo Chimalpa  San Pedro Cuajimalpa   
La Magdalena Contreras La Magdalena Atlitic  San Bernabé Ocotepec  San Jerónimo Aculco-Lídice  San Nicolás Totolapan  
          Milpa Alta San Agustín Ohtenco  San Antonio Tecomitl  San Bartolomé Xicomulco  San Francisco Tecoxpa  San Jerónimo Miacatlán  San Juan Tepenahuac  San Lorenzo Tlacoyucan  San Pablo Oztotepec  San Pedro Atocpan  San Salvador Cuauhtenco  Santa Ana Tlacotenco 
      Tláhuac   Santa Catarina Yecahuizotl  San Juan Ixtayopan  San Andrés Mixquic  San Francisco Tlaltenco  San Nicolás Tetelco  San Pedro Tláhuac  Santiago Zapotitlán 
        Tlalpan San Pedro Mártir  San Andrés Totoltepec  La Magdalena Petlacalco  Parres el Guarda  San Miguel Xicalco  San Miguel Ajusco  San Miguel Topilejo  Santo Tomás Ajusco  San Andrés Ahuayucan 
          Xochimilco San Francisco Tlalnepantla  San Lorenzo Atemoaya  San Lucas Xochimanca  San Mateo Xalpa  Santa Cecilia Tepetlapa  Santa Cruz Xochitepec  Santa María Tepepan  Santiago Tepalcatlalpan  San Gregorio Atlapulco  San Luis Tlaxialtemalco  Santa Cruz Acalpixca  Santa María Nativitas  Santiago Tulyehualco   

Para conocer la Convocatoria referida y toda la información relacionada con la misma, las personas interesadas en la misma, pueden ingresar a la página www.iecm.mx