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La Presidencia de la República envió al Senado una iniciativa para reformar la Ley de Armas de Fuego, a fin de dar permisos extraordinarios de ingresos de portación de armas para agentes de seguridad extranjeros que acompañen a jefes de Estado, de Gobierno y Ministros.

La propuesta detalla que las armas sólo podrán ser revólveres o pistolas de funcionamiento semiautomático, cuyo calibre no sea superior a .40 milímetros.

Por su parte, los servidores públicos extranjeros sólo podrán portar las armas que utilizan en su país de origen.

El documento explica que, sólo en casos excepcionales, se podrá utilizar el ingreso y portación de otro tipo de armas, siempre que a juicio de la Secretaría de la Defensa Nacional se justifique la necesidad del uso.

Además se plantea modificar la Ley de Armas de Fuego para que funcionarios aduaneros o funcionarios de migración extranjeros ingresen y porten sus armas de cargo en los puntos de ubicación aduanera y migratoria en territorio nacional.

AGENCIAS, LINEA POLITICA, 25-02-15.