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En estos días, España vive una crisis tarifaria de electricidad. Son casi las tarifas más elevadas que se hayan tenido. Eso ocurre también en otros países europeos. Pues bien, como se sabe, en el país ibérico la tarifa varía según la hora del día (hay tres periodos) y se fija diariamente. Los usuarios nunca saben por cuánto llegará el recibo, pero no por las variaciones en su propio consumo, sino por las tarifas bailarinas que azotan a la sociedad española. Además, la derecha estableció fuertes cargas impositivas y la izquierda ya no sabe como salir de ese enredo.

El sistema mexicano no es como aquel porque hay una empresa del Estado que tiene el monopolio de la transmisión y distribución de electricidad, lo cual protege a los consumidores, pero también existen, como en España, tarifas mayoristas bailadoras.

Al mismo tiempo que transmite y distribuye electricidad, nuestra empresa pública es la mayor productora, incluyendo energía llamada limpia. Hasta aquí, todo bien. Los problemas empiezan con el trato preferente que el Estado brinda a los productores privados. Como se sabe, las reformas neoliberales de energía se hicieron como un robo a la nación, pero no sólo en materia de hidrocarburos, sino también en electricidad.

En síntesis, el Estado entrega subsidios virtuales a productores privados mediante reglas expedidas por los neoliberales cuando ellos gobernaban.

Para abandonar esa política de subsidios, el Congreso aprobó, por iniciativa del Ejecutivo, modificaciones de ley. Hay, sin embargo, un par de jueces que las han derogado, en los hechos y por lo pronto, mediante la figura de suspensión definitiva dentro de juicios de amparo, lo cual, por cierto, también debería llevar a más claras reformas legales.

En realidad, al aplicar ciertos principios sobre la competencia económica establecidos en la Constitución, los jueces han podido hasta ahora violar la misma Carta Magna en su artículo 27, el cual no sólo determina que corresponde a la nación el servicio público de transmisión y distribución, sino el control del sistema eléctrico nacional y que serán las leyes las que fijen los términos en los que el Estado pueda celebrar contratos con particulares, mismas leyes que, además, determinarán la forma en que los particulares puedan participar en las demás actividades de la industria eléctrica. Se está hablando, por tanto, de facultades constitucionales del Congreso.

Las recientes reformas legales en materia eléctrica se hicieron para eliminar los subsidios que se habían introducido por los neoliberales en la ley. Luego entonces, han de tener la misma validez que alguna vez tuvieron aquellos preceptos aprobados por el PRIAN. La cuestión es que los jueces militan contra la 4T y son quienes dicen el derecho, con o sin razón.

Por ello, Andrés Manuel López Obrador está planteando una modificación constitucional para saldar el problema, de tal manera que no pueda erigirse la competencia económica en obstáculo a para que el Congreso, a través de la ley, ejerza a plenitud las capacidades legislativas que le confiere actualmente el artículo 27 de la misma Carta Magna.

Sin embargo, no se observa una actitud de apertura mental en las oposiciones y menos después de las elecciones en las que fracasó su pacto de sangre. Ellos defienden los intereses de las empresas privadas de electricidad y están de acuerdo con el Consejo Coordinador Empresarial y la Canacintra (es difícil entender la posición de esta cámara industrial), con el objeto de mantener los subsidios virtuales del Estado.

El mecanismo para aprobar la nueva reforma de la industria eléctrica, garantizar la estabilidad de tarifas e impulsar el crecimiento de todo el sector, sería convocar a una consulta popular en términos del artículo 35-VIII de la Constitución.

La institución de la consulta popular está hecha para resolver una divergencia en un asunto de alta trascendencia e interés nacionales. Usar este método sería lo más conveniente ante la resistencia a dejar atrás mecanismos incubados en el seno del Estado corrupto que azotó al país y de la política neoliberal que arruinó al Estado y empobreció a los trabajadores.

La consulta popular puede realizarse una vez por año y es factible hacer varias en un mismo día, con tal de que sean de temas diferentes.

Las limitaciones de la consulta sólo son los temas relacionados con restricción de derechos humanos; la República representativa, democrática, laica y popular; federalismo; materia electoral; ingresos y gastos; revocación de mandato, que es otro procedimiento; sistema financiero; ingresos, gastos y presupuesto; obras de infraestructura en ejecución; seguridad nacional; y organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente. Así que cabe perfectamente el tema de la industria eléctrica y las bases para hacer respetar el “control del sistema eléctrico” de parte de la nación, con todo lo que esto implica, según dice ya el texto de la Constitución.

Si fuera necesario modificar la Carta Magna sobre la competencia económica, entonces ese sería el tema de la consulta, de tal manera que se dejara absolutamente claro que es posible que el Estado se niegue a subsidiar a los productores privados de energía eléctrica.

Al respecto, es preciso subrayar que las regulaciones asimétricas de competencia, que se imponen a ciertos conglomerados empresariales con motivo de su posición dominante de mercado, se refieren a situaciones en las cuales los otros participantes, es decir, competidores, tienen un ámbito de acción ilimitado, pueden vender o prestar servicios a quien sea. En la industria eléctrica, existe por disposición constitucional un solo ente que se encarga de la transmisión y la distribución, de tal manera que, aplicarle a éste reglas asimétricas, necesariamente lleva a obligarlo a comprar a otro o a realizar el producto de otro, siempre en detrimento de la empresa pública pero sólo por ser pública.

La “libre concurrencia” no ha operado en el mercado eléctrico mayorista porque hicieron las normas para que la electricidad de ciertos productores se vendiera primero y, también, para que el Estado estuviera obligado a comprarle su producción a otros bajo leoninas condiciones previamente impuestas en contratos.

Desde los años cuarenta del siglo pasado, la nodriza del sector paraestatal tuvo modalidades, una de las cuales fue comprar a ciertas empresas los insumos y vender a otras a precios subsidiados, pero ahora tenemos casi todas las variantes en un solo instrumento, más la obligación de asumir toda la producción de los supuestos competidores. Ahora, se apoya a empresas privadas otorgando una especie de seguro de beneficio empresarial, al grado de que ciertos productores de energía ganan en México una tasa inalcanzable en cualquier otra parte del mundo.

Por otro lado, es falso que el tratado comercial de América del Norte impida el establecimiento de regulaciones en materia de energía, pues la Constitución, en esta materia, quedó expresamente a salvo, es decir, lo que dice hoy y lo que llegue a decir en el futuro.

Lo mejor sería convocar a una consulta popular para 2022, luego de la primera que vamos a tener el primer domingo de agosto del presente año sobre el tema de acciones contra los expresidentes.