>> La legisladora de Morena propuso una iniciativa que reforma Ley General de Educación; indicó que es fundamental definir el acoso escolar con claridad
A fin de salvaguardar los derechos de las personas menores de 18 años cuidando su integridad física, psicológica, emocional y social en las escuelas, la diputada Mirna María de la Luz Rubio Sánchez, integrante de la bancada de Morena, suscribió una iniciativa que reforma y adiciona los artículos 73 y 74 de la Ley General de Educación.
Esta propuesta plantea definir el acoso escolar como cualquier conducta u omisión reiterada que cause daño al educando mediante agresiones físicas, verbales, sociales, sexuales y digitales.
“Esta definición no es solo una medida legislativa, es un acto de justicia; es fundamental para establecer un marco conceptual claro y uniforme que permitiera identificar, prevenir y erradicar estas conductas dentro del sistema educativo”, indicó la diputada.
Al respecto, refirió que el acoso escolar es un fenómeno de violencia que afecta a millones de niños, niñas y adolescentes en todo el mundo. Se manifiesta de diversas formas, como agresiones físicas, psicoemocionales, sexuales y verbales, más recientemente, con el auge de las tecnologías digitales.
Expuso que actualmente es una problemática importante, debido a las consecuencias que genera, no solo para las víctimas, sino también para los agresores, la comunidad educativa en su conjunto y alcanza a los integrantes del núcleo familiar.
Agregó que el acoso escolar no solo afecta a las personas directamente involucradas, sino que tiene un impacto negativo en el ambiente educativo en su conjunto y se experimenta un clima de miedo e inseguridad que afecta a todos los estudiantes.
Pese a que en la Constitución Política se garantiza el derecho de niñas, niños y adolescentes a recibir una educación de calidad, en un entorno seguro y libre de violencia, en México, la legisladora expuso que el acoso escolar ha sido identificado como un problema grave y extendido que afecta a estudiantes de todos los niveles educativos.
Rubio Sánchez manifestó que distinguir acoso escolar de conflictos ocasionales, podrá asegurar que las instituciones educativas cuenten con criterios específicos para actuar. Por lo que “esta propuesta está alineada con los principios constitucionales, con el artículo 1o. que establece el respeto a los derechos humanos, y el artículo 3o., que garantiza una educación de calidad, libre de violencia y discriminación”.
De igual forma, indicó que definir no es suficiente, ya que “necesitamos diseño de estrategias, formación docente y estrategias que involucren a toda la comunidad educativa, estudiantes, maestros, directivos, padres de familia, con el fin de prevenir, identificar, atender y erradicar el acoso escolar”.
“Construyamos un México donde cada niña y niño asista a la escuela con entusiasmo y sin temor, donde puedan levantar la mano sin miedo a burlas, donde sean libres de ser quienes son sin enfrentar estereotipos ni prejuicios”, apuntó.
La iniciativa que reforma y adiciona los artículos 73 y 74 de la Ley General de Educación, se dio turno a la Comisión de Educación para su dictamen.