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• El deber de los legisladores es velar por el respeto de la Cámara de Diputados, y la labor del Presidente de la Mesa Directiva es actuar de manera institucional, no a nombre de partidos políticos, menos al servicio de servidores públicos de otro poder.

Con el objeto de evitar que la representación legal conferida al Presidente de la Cámara de Diputados sea indebidamente utilizada para fines políticos, a nombre del Grupo Parlamentario del PAN, el diputado Héctor Saúl Téllez, presentó una iniciativa que reforma el Art. 23 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Art. 233 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

El legislador panista recordó que en días recientes, el diputado de Morena, Sergio Gutiérrez Luna, Presidente de la Cámara de Diputados, de manera unilateral y de forma facciosa, tendenciosa y parcial, presentó una controversia constitucional en contra de un acuerdo del Consejo General del INE e inicio una denuncia penal contra seis de los once consejeros electorales.

“De todos los hechos vertidos se observa que el Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de manera individual y personal se ha valido de la institución, y de todo el aparato gubernamental y judicial para presionar, con el objeto de que se lleve a cabo la revocación de mandato, hechos que atentan contra la pluralidad y la conducta institucional que debe guardar su investidura”, precisó.

Para prevenir que estas situaciones puedan suscitarse nuevamente, agregó que la iniciativa de reforma al Art. 23, numeral 1, inciso L de la Ley Orgánica del Congreso General establece que en periodos de receso el presidente de la Mesa Directiva podrá presentar controversias constitucionales acordando de manera urgente con la Junta de Coordinación Política la pertinencia de su presentación.

A su vez la Junta de Coordinación Política solicitará a la Mesa Directiva que el Área Jurídica de la Cámara emita su opinión técnica sobre su procedencia o improcedencia.

Además, propone reformar el numeral 2, incisos I, II y III del l Art 233 del Reglamento de la Cámara de Diputados para que se establezca el proceso que se seguirá en los periodos de receso para la presentación de controversias constitucionales, esto de conformidad con lo ya citado en el Art. 23 numeral 2, inciso l), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Téllez Hernández recordó que el deber de los legisladores es velar por el respeto de la Cámara de Diputados, y más aún, la labor del Presidente de la Mesa Directiva es actuar de manera institucional y no a nombre de partidos políticos o de servidores públicos de otro poder.

En materia legal los poderes de representación son conferidos siempre con salvedades, de esta manera es que se propone dichas reformas con la finalidad de que no se entienda que la representación legal que actualmente tiene el Presidente de la Cámara es ilimitada, y peor aún, que en ésta no se observe la pluralidad que existe en la cámara baja, acotó el diputado.

“Los acontecimientos recientes dan cabida a analizar los alcances de la representación legal conferida al Presidente de la Cámara de Diputados y los límites que se deben contemplar para que esta figura no sea indebidamente utilizada para fines específicos que no abonan a la imparcialidad de la institución”, concluyó el legislador del GPPAN.