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Maghistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desecharon un recurso contra el proceso de elección, por parte del pleno del Senado de la República, del titular de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). por considerar que el hecho impgunado no es de asunto electoral.

El pasado 7 del presente mes, un particular impugnó la elección realizada por el pleno del Senado por la que se designó a Rosario Piedra Ibarra, como ombudsperson nacional, que derivó a la toma de protesta en la Cámara Alta el pasado martes 12 de noviembre.

El quejoso consideró que hubo vicios en el procedimiento para dicho nombramiento, aduciendo que se validó indebidamente el cómputo respectivo.

Sin embargo,  en sesión pública, las magistradas y los magistrados consideraron que la demanda debe desecharse porque no se actualiza ninguna de las hipótesis de procedencia del juicio para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano, pues el acto que se reclama no puede considerarse como de naturaleza electoral.

Esto, debido a que los juicios y recursos del sistema de medios de impugnación en materia electoral son improcedentes para analizar este tipo de actos, el cual es formal y materialmente de carácter parlamentario, y no es aplicable la justicia por la vía electoral. (Asunto: SUP-JDC-1790/2019)