Declara un Tribunal Colegiado infundado el recurso de inconformidad interpuesto por la Procuraduría General de la República (PGR) contra el ex gobernador de Sonora, Guillermo Padrés, por lo que el juez décimo segundo de distrito de proceso penales federal le dictó auto de formal libertad a favor del panista.Para ello, el juzgador externó que, en torno al delito de defraudación fiscal equiparada, no se acreditó que la autoridad fiscal haya ejercido las facultades de comprobación que establece el artículo 42 del Código Fiscal de la Federación.
“El vicio anterior trascendió en la licitud de las pruebas recabadas por el Ministerio Público a partir de la formulación de la querella presentada indebidamente; aunado a que el representante social violó el derecho a una defensa adecuada en perjuicio del quejoso, al inadvertir que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no ejerció las facultades de comprobación aludidas”, expuso.
Sobre el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita el juez expuso que las autoridades no precisaron de qué manera obtuvieron diversos documentos relacionados con las cuentas bancarias de Guillermo Padrés.
“Con la obtención esos documentos, vulneró el derecho a la intimidad del inculpado, al existir intromisión en su vida privada, de ahí que la actuación de la autoridad incumplió con los requisitos del artículo 16 de la Constitución, en el caso, la notificación del requerimiento para la intromisión en la información contenida en las cuentas bancarias del indiciado”, se argumentó.
Es decir que, pese a estos fallos, el exgobernador de Sonora continuará en el Reclusorio Preventivo Oriente, hasta que un juez federal del Estado de México se pronuncie sobre si debe seguir otro juicio por lavado de dinero y defraudación fiscal por 8.8 millones de dólares.