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La Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República, y que encabeza la congresista del PRD, Angélica de la Peña, es reconocida por su papel fundamental para que todos los ciudadanos de las garantías consignadas en la Constitución Política en su protección.

En la LXII y LXIII Legislaturas de la Cámara alta, se señala que la Comisión se caracterizó por su productividad y compromiso, prueba de ello es la aprobación de tres leyes de gran importancia para el desarrollo del país.

1.- La General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

2.- La General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

3.- La Federal de Declaración Especial de Ausencia Para Personas Desaparecidas.

La primera es reconocida como una de las mejores del mundo, y una de las leyes más importantes y trascendentales de México.

Con esta nueva norma, la investigación y persecución del delito de tortura se llevará a cabo de oficio; la acción y sanción serán imprescriptibles, con el propósito de evitar que los años contribuyan a la impunidad, destacó la presidenta de la Comisión.

La senadora por el PRD explicó que para que esta Ley pudiera transitar, se tuvo que reformar el inciso a) de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución, con el objeto de facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes generales, a fin de establecer como mínimo, los tipos penales y sus sanciones para esos delitos.

México tiene muchos lastres que quitarse, sobre todo a la hora de investigar un caso en donde la confesión es un tema importante y relevante en la investigación, pues obtener información a través de la tortura está prohibida en la Ley, reconoció la legisladora.

“En cualquier caso en donde se demuestre que se usó tortura para obtener una confesión, inmediatamente con esta ley, y ya lo están determinando así los jueces, se constituye una violación al debido proceso legal y afectará el proceso de ese expediente que se está investigando”, aseguró.

La senadora De la Peña, hizo énfasis en que se tiene un capítulo denominado Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, adscrito a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), para que, como dice la Constitución y la propia Ley, coadyuve en tareas de prevención y erradicación de estas formas deleznables que perpetran los servidores públicos para causar daño y sufrimiento, que incluso resulta en lesiones y hasta en la pérdida de la vida, “principio de la desaparición forzada”.

La también integrante de la Comisión de Justicia destacó que muchos casos de desaparición forzada se originan por la presión perpetrada por elementos de las corporaciones policiacas, pues las personas fallecen por la tortura en su contra, “entonces es una Ley muy importante, porque se castiga la cadena de mando”.

“Cualquier funcionario que recibe la instrucción de torturar a alguien, tiene la obligación de negarse a hacerlo y si no lo hace será objeto de una sanción, como resultado de la averiguación que se haga contra él, seguramente de privación de libertad, en una sanción punitiva”, señaló la senadora De la Peña Gómez.

Puntualizó que en la formulación de la Ley se contó con la participación del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, de la ONU, Juan E. Méndez, en la discusión de los tipos penales.

Sobre la segunda la ley dijo que esta respondió al reclamo de los colectivos de familiares de personas desaparecidas.

“Nos llevó también un tiempo importante de discusión con el gobierno y con los propios colectivos, organizaciones no gubernamentales en un trabajo de dictamen de varios meses”.

Esta norma, recalcó la legisladora, garantiza la protección integral de los derechos de las Personas Desaparecidas hasta que se conozca su suerte o paradero; así como la atención, asistencia, protección y, en su caso, reparación integral y garantías de no repetición.

En el mismo sentido, señaló que la tercer normatividad es un complemento de la Ley contra la Desaparición Forzada, que brinda certidumbre a las familias que desconocen el paradero de uno de sus miembros y que “puede estar afectando a las familias, sobre todo cuando quien desaparece es la persona proveedora de esa familia o cuando hay en curso algunos derechos que se puede interrumpir, precisamente, como resultado de esta desaparición”.

De la Peña Gómez insistió que al no saber el paradero de la persona ni lo que sucedió con ella, “no se puede hacer una declaración de muerte, y de ahí que sea una Declaración Especial Específica”, para que las instituciones a nivel federal como Infonavit, Seguro Social o ISSSTE no interrumpan los derechos que gozan las familias al tener un familiar desaparecido, por lo que con la Declaración las familias seguirán protegidas.

Al tiempo que destacó la importancia de las nuevas Leyes avaladas por el Senado, reconoció que aún hay trabajo pendiente por lo que los legisladores que llegarán a la Cámara Alta en septiembre deberán dar continuidad a lo iniciado y concretar otras reformas importantes.